Zacatecas, Zac.- La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones publicó en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, pese a que el 82.2% de los comentarios recibidos en la consulta pública se pronunció en contra de la propuesta original. La especialista Julieta del Río Venegas advirtió que persisten riesgos para la libertad de expresión.
Del Río Venegas, especialista en transparencia y protección de datos personales, explicó que de los ocho mil 889 comentarios recibidos tras el cierre de la consulta, siete mil 307 expresaron una postura contraria a la propuesta, 863 fueron favorables, 544 presentaron una posición matizada y 175 no fijaron postura.
Ese resultado, dijo, contrasta con el contenido final publicado en el Diario Oficial. Un análisis de la organización Mexicanos Contra la Corrupción identificó que 17 de los 54 artículos originales fueron modificados o suprimidos, aunque advirtió que tres mecanismos con riesgo de censura y sanción permanecieron sin cambios en el texto publicado.
Para la excomisionada del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI, el organismo que hasta 2024 vigilaba el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública en México), el problema de fondo no se resolvió con los ajustes anunciados por la autoridad.
Cuestionó quién y bajo qué criterios determinará qué constituye una opinión y qué constituye información, pues una opinión periodística puede sustentarse en datos verificables como solicitudes de información sin respuesta o incumplimientos de sujetos obligados. Si la autoridad tiene facultad para distinguir entre ambas categorías, sostuvo, deben existir garantías claras para que esa facultad no se convierta en una vía indirecta de censura.
La versión aprobada incorpora modificaciones respecto a la propuesta original: la CRT acotó su intervención a la revisión de los procedimientos de atención de quejas y precisó que no revisará contenidos ni decisiones editoriales, además de ajustar las disposiciones sobre información falsa o descontextualizada. Sin embargo, la organización Artículo 19 cuestionó la falta de claridad sobre si existió un proceso técnico adecuado para analizar los comentarios recibidos y cómo estos se tradujeron en cambios al texto final.
Del Río Venegas planteó que, bajo el principio de máxima publicidad, la CRT debe hacer público un informe detallado sobre la participación ciudadana en la consulta, las observaciones incorporadas, las descartadas y las razones de cada decisión. Subrayó que una consulta pública no debe reducirse a un trámite para continuar un procedimiento ya definido, sino que la ciudadanía tiene derecho a conocer el destino de su participación.
Añadió que cualquier regulación debe evitar conceptos ambiguos que permitan interpretaciones discrecionales sobre los contenidos de radio y televisión, y que la independencia de las defensorías de las audiencias debe quedar garantizada, junto con mecanismos accesibles para presentar inconformidades. Recordó que los artículos sexto y séptimo constitucionales protegen el derecho de las audiencias a decidir qué ver, escuchar y pensar, y que ninguna disposición secundaria puede rebasar ese marco.
LNY | Redacción

