Zacatecas, Zac.— El Juez Primero de Distrito en el Estado de Zacatecas, Rodolfo García Camacho, concedió la suspensión definitiva a Carlos Humberto García Macías dentro del juicio de amparo 1556/2025-IV, lo que implica frenar de manera inmediata los actos del Colegio Electoral del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Estado, Municipios y Organismos Paraestatales (SUTSEMOP), señalado como autoridad responsable.
La resolución fue dictada tras celebrarse, el lunes 16 de junio a las 11:50 horas, la audiencia incidental programada dentro del incidente de suspensión. A pesar de la incomparecencia de las partes, el juez procedió a dar por abierta la audiencia con la presencia del secretario Álvaro Augusto Álvarez Rendón, quien dio lectura al escrito inicial de demanda presentado por García Macías, así como al auto de fecha 28 de mayo de 2025 y a las constancias que obran en el expediente.
En el desarrollo de la audiencia, se integró el escrito identificado con el folio 22546, presentado por Carlos Acevedo Acevedo, tercero interesado, cuyas manifestaciones fueron reconocidas en vía de alegatos conforme al artículo 124 de la Ley de Amparo. No obstante, el Colegio Electoral del SUTSEMOP fue omiso en rendir su informe previo, a pesar de haber sido notificado formalmente. Esta omisión fue asentada en actas y considerada por el juzgador como una circunstancia relevante en el análisis del caso.
Durante el periodo probatorio, se presentaron y admitieron documentales tanto de la parte quejosa como del tercero interesado. El juez, sustentado en el artículo 144 de la Ley de Amparo, resolvió aceptar y desahogar dichas pruebas, considerando su especial naturaleza. Concluido este periodo, se abrió el espacio para alegatos, en el que únicamente participó el tercero interesado. El juez cerró formalmente esta etapa y declaró precluido el derecho para formular alegatos adicionales.
El incidente de suspensión quedó debidamente integrado, sin diligencia pendiente de desahogo, lo que permitió al juez emitir resolución definitiva conforme al artículo 146 de la misma legislación. En el fallo, se concedió la suspensión definitiva solicitada por García Macías, deteniendo así los actos del Colegio Electoral del SUTSEMOP, como se establece en el considerando cuarto del resolutivo.
Además, el juzgado requirió al Pleno del Comité Ejecutivo Estatal del SUTSEMOP y al Centro de Conciliación Laboral del Estado de Zacatecas cumplir con la resolución en un plazo máximo de 24 horas. La notificación del acuerdo se realizó formalmente este martes 17 de junio de 2025 a las 9:00 horas, mediante su inclusión en la lista oficial del órgano jurisdiccional, conforme a lo estipulado en los artículos 26, fracción III, y 29 de la Ley de Amparo, salvo en los casos en que proceda notificación personal, por oficio o electrónica.
El amparo promovido por Carlos Humberto García Macías se convierte así en un hito dentro de la pugna sindical, abriendo una pausa obligada a las decisiones del órgano electoral interno del sindicato más numeroso de servidores públicos en la entidad. La omisión del Colegio Electoral al no rendir su informe previo, pese a estar legalmente obligado, podría traducirse en consecuencias procesales ulteriores. Mientras tanto, la intervención del juez federal refuerza el control judicial frente a posibles irregularidades dentro de la vida sindical de Zacatecas.
LNY/Redacción