martes, febrero 3, 2026
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El abandono que enferma al sistema

MA. DE LA LUZ DOMÍNGUEZ CAMPOS

El sistema de salud en México ha padecido históricamente una problemática estructural, caracterizada por deficiencias en la infraestructura hospitalaria, falta de equipo médico, escasez de medicamentos e insuficiencia de personal médico, de enfermería y de trabajo social.

Aunado a lo anterior, durante los últimos sexenios, los constantes cambios en las políticas y programas de salud, así como en el modelo de atención —del Sistema de Protección Social en Salud (Seguro Popular) al Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) y ahora al IMSS-Bienestar — han generado que dichas deficiencias se profundicen, impidiendo la consolidación de un Sistema Universal de Salud eficiente, eficaz y capaz de garantizar el derecho humano a la salud con disponibilidad, accesibilidad, calidad y aceptabilidad.

En este contexto, una de las problemáticas que persiste y se agrava es la incertidumbre laboral y contractual del personal de enfermería y trabajo social, ya que la transición al IMSS-Bienestar no significó la homologación real de sus condiciones laborales, ni el reconocimiento automático de su profesionalización, especialidad o grado académico. Esta omisión se traduce en la falta de pago de remuneraciones acorde con su formación y con las funciones que efectivamente desempeñan dentro del sistema de salud.

Por ello, el personal de enfermería y trabajo social apoyado por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud (SNTSA), sección 39, ha exigido el pago inmediato del Programa de Profesionalización de personal de enfermería y trabajo social, suspendido desde mayo de 2025. Ante la negativa gubernamental de atender esta exigencia legitima, se han realizado diversas manifestaciones, entre ellas la toma de Ciudad Administrativa, toma de oficinas de Recaudación de Rentas, marchas por el centro de la ciudad de Zacatecas, además de protestas de “brazos caídos” en los hospitales de Zacatecas, Fresnillo y Loreto, donde no se suspenden los servicios de enfermería, pero si paralizan las actividades administrativas.

La exigencia contempla el pago para 300 personas trabajadoras de las cuales 288 son personal de enfermería y 12 de trabajo social, conforme a su formación y funciones reales en el sistema de salud en el estado.

Desde el año 2016, se implementó este programa, reconociendo al personal como profesional en sus áreas de trabajo y, derivado de ello, se realizaron ajustes a sus percepciones salariales y beneficios laborales. En consecuencia, para quienes han cumplido los requisitos y han sido incorporados al programa, dicho reconocimiento constituye un derecho laboral adquirido, cuyo incumplimiento implica una afectación directa a las condiciones de trabajo y una violación al principio de no regresividad en materia de derechos humanos.

En este sentido, corresponde a las autoridades garantizar este derecho adquirido. Por lo tanto, no resulta válida la expresión del Gobierno del Estado de Zacatecas en el sentido de que dichas prestaciones ya no le corresponden garantizarlas por la incorporación del personal al IMSS-Bienestar, pues el cambio de modelo de atención no extingue derechos laborales adquiridos ni libera al Estado de las obligaciones previamente asumidas, especialmente cuando el programa fue creado e implementado bajo su responsabilidad.

Deslindarse del cumplimiento de estos derechos constituye una irresponsabilidad estatal y una omisión institucional grave hacia el personal de enfermería y trabajo social, lo que vulnera el corazón operativo del sistema de salud en Zacatecas.

La negativa del gobierno del estado a garantizar, pagar y dar continuidad con el Programa de Profesionalización de enfermería y trabajo social, bajo la justificación falaz de que ahora los pagos están bajo la esfera federal, vulnera los derechos laborales del personal de salud, pues precariza al personal de salud, debilita la calidad y continuidad del servicio e impacta en el funcionamiento operativo del sistema de salud estatal.

La autoridad no puede escudarse en la distribución competencial para justificar el incumplimiento de sus obligaciones ni para desconocer derechos adquiridos, pues ello implica afectar un beneficio que forma parte del patrimonio jurídico de las personas trabajadoras.

Además, la decisión de adherirse al modelo IMSS-Bienestar fue adoptada de manera unilateral del Gobierno del Estado de Zacatecas, sin consulta previa al personal de salud, enfermería y trabajo social. En consecuencia, dicha decisión no puede ser utilizada como justificación para deslindarse de la obligación de garantizar derechos laborales previamente reconocidos. Las afectaciones derivadas de esa decisión son plenamente imputables a la autoridad estatal y configuran una omisión institucional contraria a los principios de seguridad jurídica, progresividad y protección de los derechos humanos.

La labor de todo el personal de salud -enfermería, trabajo social y administrativo- debe reconocerse como un elemento sustancial para la protección de la salud, la vida y el desarrollo del estado. Con salud hay bienestar, desarrollo y productividad; sin salud no hay vida. Por consiguiente, no se debe regatear los recursos a las enfermeras, enfermeros y trabajadores y trabajadoras sociales en Zacatecas.

Finalmente, este asunto no se trata solo de una cuestión de derechos laborales. Se trata de una problemática que impacta directamente en el derecho a la salud de miles de zacatecanos y zacatecanas, quienes al acudir a los hospitales se enfrentan a servicios debilitados, sobrecarga de laboral del personal, falta de continuidad en la atención y una merma en la calidad de los servicios de salud, como consecuencia directa de la omisión institucional en el reconocimiento y garantía de los derechos del personal sanitario.

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Abogada defensora de derechos y democracia.
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