Zacatecas, Zac.- El grupo parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura, presentó una reforma constitucional para eliminar el “veto de bolsillo”, práctica que permite al gobernador anular leyes mediante la simple omisión de su publicación. La iniciativa busca modificar los artículos 62 y 63 locales, ante la parálisis de 63 decretos aprobados.
La propuesta legislativa, promovida por Renata Ávila Valadez y Alfredo Femat Bañuelos, persigue armonizar la normativa estatal con el modelo federal vigente desde 2010. El núcleo del conflicto radica en la vulneración de la división de poderes, dado que la inacción administrativa del Poder Ejecutivo sustituye actualmente a los mecanismos de control formal, subordinando de facto las decisiones del Congreso y bloqueando la entrada en vigor de normas agotadas en su proceso parlamentario.
El mecanismo técnico diseñado establece un plazo de 30 días naturales para que el Ejecutivo realice observaciones a los proyectos recibidos. De persistir la omisión tras un segundo periodo de diez días para su promulgación, la ley se considerará aprobada automáticamente. La innovación fundamental radica en facultar a la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso para ordenar la publicación directa en el Periódico Oficial del Estado, eliminando el requisito del refrendo administrativo.
Desde una perspectiva institucional, la reforma no anula el derecho de veto legítimo del gobernador, sino que le obliga a ejercerlo dentro de los cauces y plazos constitucionales. Según la diputada Ávila Valadez, la parálisis actual constituye una violación indirecta a los derechos humanos, ya que gran parte de los 63 productos legislativos bloqueados están orientados a proteger a grupos vulnerables y fortalecer el bienestar social.
Zacatecas enfrenta así una deficiencia estructural con antecedentes de intentos fallidos en 2012 y 2020. La iniciativa, turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, cuenta con el respaldo de diversas fracciones parlamentarias. De ser aprobada, el Congreso tendrá un margen de noventa días para adecuar su Ley Orgánica y garantizar que la publicación directa sea una herramienta efectiva para la certeza jurídica y el equilibrio democrático en el estado.
LNY | Redacción

