Zacatecas, Zac.- El Gobierno de Zacatecas, a través del secretario general Rodrigo Reyes, ha denunciado que la negativa del Ayuntamiento capitalino a asumir el mantenimiento del alumbrado en la avenida Nezahualcóyotl contraviene el artículo 115 constitucional. La administración municipal rechaza la entrega de esta obra, rehabilitada por el Estado en 2025, bajo el argumento de que el tramo pertenece a la jurisdicción federal, extremo que carece de registro oficial.
El conflicto administrativo, expuesto por Reyes en sus redes sociales, ha derivado en un vacío de servicios que afecta la seguridad y movilidad en una vía estratégica. La postura de la Presidencia Municipal se fundamenta en una supuesta adscripción del segmento a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. Sin embargo, la ausencia de registros que acrediten dicha naturaleza federal convierte la omisión técnica en un pretexto para eludir las facultades y obligaciones establecidas tanto en la Constitución Federal como en la del Estado de Zacatecas.
El marco legal vigente es taxativo al señalar que los municipios tienen a su cargo funciones esenciales como el agua potable, la seguridad pública y, específicamente, el alumbrado de las calles y avenidas. En el ámbito local, el artículo 119 de la Constitución de Zacatecas refuerza esta responsabilidad al obligar a los ayuntamientos a garantizar la prestación de servicios públicos. Al desatender la infraestructura de la avenida Nezahualcóyotl, la autoridad local no solo incurre en una falta de gestión, sino que ignora los mecanismos de responsabilidad institucional que sustentan el federalismo municipal.
La prolongación de este diferendo evidencia una ruptura en la coordinación entre niveles de gobierno, donde el perjuicio social se supedita a interpretaciones jurídicas erróneas. La rehabilitación realizada por el Ejecutivo estatal permanece inutilizada en su componente lumínico, lo que agrava los riesgos de tránsito y criminalidad. La resolución de esta crisis requiere que el municipio asuma su competencia legal inmediata para restablecer un servicio básico que, según la vocería estatal, ha sido interrumpido durante un año sin justificación válida.
LNY | Redacción

