Alertan sobre tipificación “a modo” de feminicidio

Especialistas afirman que desde el Estado hay un “movimiento” para tipificar “a modo” ese delito, a fin de dificultar su acreditación y mantener la impunidad.
Desde las oficinas de los gobiernos federal y de los estados avanza un “movimiento” para “tipificar de manera incorrecta el delito de feminicidio”, que tendrá como consecuencia un acceso inequitativo a la justicia para las mujeres, advierten abogados y activistas contra la violencia de género.
A decir de la activista del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) Anayeli Pérez, y el integrante de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD) David Peña, de los seis estados que han tipificado el delito de feminicidio, en cuatro (Guerrero, Estado de México, Guanajuato y Tamaulipas) se estipuló un tipo penal cuya acreditación será “sumamente complicada”.
“Hay todo un movimiento desde el Estado para tipificar de manera incorrecta. Lo que hace es invisibilizar la problemática del feminicidio, es una simulación para aparentar que se está atendiendo el problema cuando en realidad no se atiende a fondo”, acusó Anayeli Pérez.
David Peña puso como ejemplo que en el artículo 148 bis del capitulo VI del Código Penal del Estado de México, el feminicidio se tipificó como la “privación de la vida, asociada a la exclusión, subordinación, discriminación o explotación; cuando ocurra con una persona con quien se haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza laboral o escolar; cuando el agresor haya ejecutado conductas sexuales crueles o degradantes o mutile a la víctima, o cuando existan con antelación actos que constituyan actos de violencia familiar del ofensor hacia el ofendido”.
El integrante de la ANAD acotó que esa tipificación “deja a la interpretación de los jueces si el asesinato fue por razones de género, es decir si hubo subordinación o exclusión, las cuales son condiciones difíciles de probar pues no se tiene el testimonio de la víctima”.
Peña, quien litigó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) uno de los tres casos de feminicidio del Campo Algodonero, en Ciudad Juárez, recalcó que las legislaciones con una tipificación inadecuada permitirán que se minimice la ola de asesinatos de mujeres y se dé un uso político al fenómeno.
“Si un gobierno estatal señala que hay 900 asesinatos, pero sólo cinco son feminicidio le servirá políticamente, ya que dirá que la mataron pero no por ser mujer sino por otras razones, lo que reduce la carga política”.
Justicia subjetiva
La tipificación del feminicidio en Guerrero, Estado de México, Guanajuato y Tamaulipas se logró a partir de iniciativas presentadas por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim),dependiente de la Secretaría de Gobernación, y legisladoras locales del PRI.
En cambio en Morelos y el DF, la tipificación se realizó con iniciativas del PT y el PRD, luego de un trabajo con especialistas y la sociedad civil para establecer protocolos de investigación especializados que acrediten el delito.
Anayeli Pérez observó que en las primeras cuatro entidades las Organizaciones de la Sociedad Civil no tuvieron participación en la elaboración de los dictámenes, lo que se refleja en cómo quedó finalmente el tipo penal.
“Está basado en elementos que jamás se van acreditar o que tiene que valorar el Ministerio Público o los operadores de justicia, lo que abre nuevamente la puerta a la impunidad, ya que están cargados de estereotipos y criterios de discriminación en los que se cuestiona la vida personal de la víctima”.
En el caso de Tamaulipas, por ejemplo, el artículo 337 bis del Código Penal del estado estipula en uno de sus numerales que una de las “razones de género por parte del sujeto activo (el agresor)” para acreditar el feminicidio es “que existan antecedentes de violencia moral o acoso (…) en contra de la mujer”.
De acuerdo con lo señalado por Pérez Garrido este sería un elemento “subjetivo” que quedaría a la consideración personal del MP y los jueces para acreditar el crimen.
Según datos del INEGI, en México la tasa de homicidios por cada 100 mil mujeres se ha incrementado en más de 40 por ciento, al pasar de 2.45 a 3.52 entre 2005 y 2009.
De 2007 a 2010 se cometieron al menos dos mil homicidios dolosos contra mujeres y niñas en 18 entidades del país, reporta por su parte el OCNF en su informe 2010. De 2009 a 2010, 309 mujeres fueron asesinadas en el Edomex, 125 en Sinaloa y 103 en Tamaulipas.
Cabe recordar que en el gobierno del mexiquense Enrique Peña Nieto, del 2005 a la fecha han sido asesinadas 922 mujeres, de acuerdo con datos de la propia Procuraduría del estado.
En enero pasado el OCNF solicitó activar la Alerta de Violencia de Género en la entidad, pero la petición fue rechazada por el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, mecanismo integrado por dependencias federales y los institutos estatales de las mujeres.
Dos meses después y luego de que el gobernador presentó una iniciativa al respecto, el Congreso local aprobó “al vapor” el pasado 17 de marzo la tipificación del feminicidio en los códigos penal y de procedimientos penales del estado.
Por Gladis Torres Ruiz/CIMAC
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