Zacatecas, Zac. — La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) acreditó el uso ilegítimo de fuerza letal por militares y agentes de la Policía Estatal de Zacatecas al privar de la vida a 14 personas que se habían rendido o estaban desarmadas. Los hechos, registrados el 12 de octubre de 2020 en la comunidad Nueva Alianza, municipio de Calera, constituyen una violación grave a los derechos humanos a la vida y seguridad jurídica.
La CNDH emitió la recomendación 195VG/2025 tras una investigación iniciada de oficio que se prolongó por casi cinco años. Esta resolución apunta directamente a los titulares de la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) y la Secretaría de Seguridad Pública en Zacatecas (SSP), señalando el uso ilegítimo de la fuerza letal. La Comisión determinó que el uso de la fuerza letal por parte de los elementos de seguridad no observó los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.
La versión oficial de los hechos sostiene que las 14 muertes ocurrieron durante un enfrentamiento. La narrativa indica que el conflicto se inició cuando alrededor de 15 civiles atacaron a balazos a ocho policías estatales que circulaban en patrullas por la calle Francisco I. Madero. Tras ser lesionados tres agentes, se solicitó apoyo, sumándose al refuerzo cinco policías estatales y cinco militares. Según los uniformados, los presuntos agresores huyeron a una zona despoblada al sur de la localidad, donde se desató un segundo enfrentamiento de 30 minutos, dejando sin vida a 12 hombres que portaban vestimenta tipo militar y armas de fuego.
Sin embargo, la investigación de la CNDH detectó “inconsistencias” al contrastar la información proporcionada por la Defensa y la SSP Zacatecas con las 14 necropsias, los dictámenes periciales de procesamiento de los tres lugares de intervención elaborados por la Fiscalía de Justicia de Zacatecas y una diligencia de 2022 realizada por su propio personal.
Con base en las opiniones periciales médica forense y de criminalística emitidas por sus especialistas, la Comisión Nacional determinó la aplicación de una fuerza letal arbitraria e ilegal. Los hallazgos forenses indican que siete de las 14 víctimas presentaban contusiones previas a su muerte, y doce de ellas murieron por heridas de arma de fuego en el cráneo, mientras que las dos restantes las presentaron en tórax y abdomen.
Un elemento crucial de la investigación es que, en ocho de los casos, la trayectoria del proyectil demostró que la víctima se encontraba de espaldas al agente de seguridad, una posición que no es la esperada en un intercambio de disparos activo de 30 minutos.
La conclusión indiciaria de la CNDH es que los civiles armados, ubicados en el segundo lugar de intervención, fueron rendidos o desarmados para, posteriormente, ser golpeados y finalmente privados de la vida.
Esta hipótesis se refuerza con la ausencia de casquillos percutidos en el segundo lugar de intervención, sitio donde se reportó el enfrentamiento de 30 minutos. La opinión en criminalística planteó tres posibilidades para esta omisión: que el lugar fuera modificado por los policías y militares antes de la llegada de los peritos; que las doce víctimas localizadas no hubieran accionado las nueve armas de fuego largas que portaban; o que los servidores públicos hubieran limpiado el sitio, llevándose los elementos balísticos que generaron sus disparos.
Adicionalmente, se documentó el caso de la víctima 14, cuyo cuerpo fue encontrado en un tercer lugar, desprovisto de ropa tipo militar, casquillos o armas de fuego. La víctima 14 se encontró de frente al victimario y en un plano inferior, con una herida en la palma de la mano izquierda catalogada como lesión similar a las observadas en maniobras de protección y/o defensa. Un familiar y un testigo confirmaron a la Fiscalía y a la CNDH que esta persona laboraba en el lugar, cuidando animales y dando mantenimiento.
Como resultado de estos hechos, la CNDH presentará denuncias administrativas ante el Órgano Interno de Control de la SSP Zacatecas y la Sedena, y la recomendación 195VG/2025 será integrada a la carpeta de investigación en la Fiscalía General de Justicia del Estado.
La Comisión instruyó a la Defensa y a la SSP Zacatecas a colaborar en la inscripción de las 14 víctimas y sus familias en el Registro Nacional de Víctimas, garantizando una reparación integral del daño, incluyendo una compensación justa. También se exige la provisión de atención psicológica y/o tanatológica a los familiares. Además, los agentes de la Policía Estatal y los integrantes del 52 Batallón de Infantería deberán recibir capacitación sobre derechos humanos y el uso legítimo de la fuerza y armas de fuego, buscando implementar medidas que eviten la repetición de hechos violatorios.
LNY | Redacción

