jueves, julio 10, 2025
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Ley de telecomunicaciones reduce brecha digital

ULISES MEJÍA HARO

México ha dado un paso decisivo hacia un modelo de telecomunicaciones más justo, eficiente e inclusivo. La nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión responde a las exigencias tecnológicas del presente y cierra la brecha digital de millones de personas excluidas del acceso al internet y a los servicios digitales.

La iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum, parte del reconocimiento de que el acceso a internet y a las tecnologías de la información y comunicación no puede seguir siendo un privilegio, sino un derecho universal. Esta ley responde a una realidad preocupante: En México persiste una profunda desigualdad digital que afecta especialmente a comunidades rurales, indígenas y afro-mexicanos y a las familias en situación de pobreza. Mientras algunas zonas cuentan con acceso a redes 4G o 5G, otras carecen de internet u operan con tecnologías obsoletas como 2G o 3G, lo que limita su desarrollo y perpetúa la exclusión social y económica.

Una de las principales innovaciones de esta ley, es la creación de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, un órgano técnico con independencia operativa, adscrito a la nueva Agencia de Transformación Digital y de Telecomunicaciones. La comisión está facultada para regular, supervisar y promover el uso eficiente del espectro radioeléctrico, así como emitir resoluciones imparciales basadas en criterios técnicos y de interés público. Se abandona el viejo esquema de órganos autónomos burocratizados al servicio de los grandes monopolios para dar paso a una institución ágil, especializada y con control colegiado.

La reforma establece un nuevo régimen de concesiones que promueve la pluralidad y la inclusión. Los medios comunitarios, indígenas, afro-mexicanos y públicos recibirán un trato preferente, incluyendo exenciones fiscales, acceso facilitado al espectro y un esquema justo de publicidad gubernamental. En el caso de los pequeños operadores, se prevén descuentos significativos en el pago de derechos, lo que les permitirá competir en mejores condiciones y llevar con ello, la conectividad a zonas históricamente marginadas.

Se eliminan obstáculos burocráticos mediante la homologación, simplificación y digitalización de trámites relacionados con la instalación, operación y mantenimiento de la infraestructura. Esta modernización impulsará la inversión tecnológica y fomentará el desarrollo industrial y el nearshoring, posicionando a México como un destino atractivo para la innovación.

La ley también incorpora mecanismos modernos para la gestión del espectro, como el uso compartido, autorizaciones temporales en emergencias, plataformas de gran altitud y entornos de prueba (sandboxes regulatorios), lo que facilitará la adopción de tecnologías emergentes como la conectividad satelital directa a dispositivos. En paralelo, se fortalece la regulación del uso de recursos orbitales y de comunicación vía satélite, contribuyendo a la sostenibilidad espacial.

Contrario a los falsos argumentos de la oposición y a la tergiversación de la información sobre la reforma, la cual califican como “ley espía y de censura”, por el contrario, la reforma reafirma y amplía los derechos de las audiencias, garantiza la libertad de expresión y prohíbe expresamente la censura y la intervención de conversaciones privadas.

Deliberadamente, con el propósito de confundir a la ciudadanía, la oposición alega que el texto del artículo 183 de la reforma es para espiar y censurar a los usuarios de telefonías,  cuando saben perfectamente que es el mismo texto del artículo 190 de la ley aún vigente aprobada por el PRI y PAN, la cual fue publicada en el D.O.F., el 14 de julio de 2014 con Enrique Peña Nieto, tanto en el artículo 190 de la ley todavía vigente, como en el artículo 183 de la nueva Ley aprobada de Telecomunicaciones, entre otras cosas, se dispone: Los concesionarios deben colaborar con las instancias de seguridad, procuración y administración de la justicia en la localización geográfica, en tiempo real, de los equipos terminales y líneas telefónicas, que permitan identificar con precisión el nombre, razón social y domicilio del suscriptor. Así como proporcionar los datos que permitan rastrear o identificar el origen y destino de las comunicaciones de telefonía móvil, numero de destino, modalidad de línea por contrato o línea de prepago, la fecha, hora y duración de la llamada. También contempla, la cancelación o anulación permanente de las señales de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen dentro del perímetro de centros de readaptación social, establecimientos penitenciarios o centros de internamiento para menores. Todo ello, se legisló desde el 2014 con el fin de combatir la inseguridad y las extorsiones.

Para tranquilidad de los usuarios de las telecomunicaciones, en la ley se garantiza que las comunicaciones privadas son inviolables. Exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada.

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