jueves, agosto 21, 2025
HomeOpiniónMa. de la Luz Domínguez CamposDesplazamiento Forzado Interno en Zacatecas

Desplazamiento Forzado Interno en Zacatecas

MA. DE LA LUZ DOMÍNGUEZ CAMPOS

En Zacatecas, cientos de personas han sido víctimas de desplazamiento forzado interno a causa de la violencia y la inseguridad. Esta situación ha obligado a individuos y grupos a escapar o huir de manera forzada de sus hogares o lugares de residencia habitual para salvaguardar su vida, integridad personal, libertad y derechos.

Según datos de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, se estima que durante 2021 en el estado se presentó el desplazamiento forzado de más de 3.693 personas. Sin embargo, esta cifra es menor a la real, la cual se ha incrementado en los últimos cuatro años debido a la violencia y la criminalidad persistente en la entidad.

Como ejemplo de lo anterior, se puede citar lo ocurrido en comunidades de Valparaíso, Fresnillo, Nochistlán, Apulco, Tepetongo, Monte Escobedo y, particularmente, lo acontecido en las comunidades de Sarabia, Palmas Altas, Ermita de los Correa y otras localidades de Jerez. En estos lugares, los pobladores tuvieron que huir abandonando sus casas, implementos agrícolas, ganado, trabajo, familiares y amigos.

Hoy, cuatro años después de estos acontecimientos, el desplazamiento forzado interno no se ha resuelto. A pesar de los esfuerzos institucionales, cientos de familias no han regresado a sus lugares de origen debido al temor, la zozobra y la angustia de volver a vivir episodios de agresiones y extorsiones.

Además, muchas personas y familias se siguen viendo obligadas a desplazarse de sus lugares de origen, lo que viola sus derechos a la paz y la seguridad pública, a circular libremente, a elegir su residencia, al trabajo, a la salud, a la educación, al libre desarrollo de la personalidad, así como a su integridad personal y patrimonio.

En otras palabras, el desplazamiento forzado interno es una realidad silenciosa pero latente en el territorio zacatecano. El hecho de que no se haga público o de que no existan registros oficiales no significa que el fenómeno haya cesado; por el contrario, sigue habiendo víctimas anónimas que sufren sus consecuencias.

Además, la Ley para la Prevención y Atención del Desplazamiento Forzado Interno en el Estado, publicada el 1 de octubre de 2022, no ha sido debidamente implementada. Esta ley tiene por objeto prevenir el desplazamiento forzado interno, así como asistir e implementar soluciones duraderas para su superación, otorgando un marco garante de derechos para las personas en esa situación.

A pesar de tratarse de una norma vigente, se desconoce si se ha instalado el Sistema Estatal de Atención Integral de Desplazamiento Forzado Interno. Este sistema es un órgano público interinstitucional encargado de elaborar y desarrollar programas de asistencia legal para la defensa de los derechos de las personas desplazadas, además de tomar medidas para proteger sus bienes patrimoniales.

Tampoco se conoce si se ha publicado el Programa Estatal para la Prevención y Atención del Desplazamiento Forzado Interno, en el cual deben establecerse las líneas de acción en materia de prevención, protección, atención, asistencia humanitaria de emergencia y acceso a programas sociales para las personas desplazadas. Menos aún se sabe si existe suficiencia presupuestaria en el Fondo Estatal de Contingencia para la Prevención y Atención del Desplazamiento Forzado Interno para atender a las víctimas.

En general, persiste el desplazamiento forzado interno en el estado, pero no existe un registro puntual que permita identificar a la población afectada y sus características en cada municipio. Tampoco se cuenta con información desagregada por género y edad, ni sobre las condiciones de vulnerabilidad de niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad y adultos mayores. Asimismo, se carece de un registro del impacto familiar, social y económico de este fenómeno.

Por lo anteriormente expuesto, considero urgente que las autoridades estatales atiendan el fenómeno del desplazamiento forzado interno en Zacatecas. Esta atención debe materializarse mediante la implementación de programas y acciones jurídicas, asistenciales y humanitarias que contribuyan a prevenir, atender y erradicar este flagelo, el cual vulnera severamente los derechos humanos de las víctimas.

Sobre la Firma

Abogada defensora de derechos y democracia.
lucecita_d@msn.com
BIO completa

Últimas Noticias