Exhorta STPS a hacer partícipes a trabajadores de utilidades

gilberto zapata (8)Guadalupe, Zac.- Gilberto Zapata Frayre, delegado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), hizo un exhorto a empresas y patrones para que hagan a sus trabajadores participes del reparto de utilidades.

“El funcionario informó que la fecha límite para el pago de esta prestación es el 30 de mayo para las empresas y en el caso de personas físicas hasta el 29 de junio. “

Explico que todos los trabajadores que laboran al servicio de un patrón tienen derecho a esta prestación, con excepción de algunos casos especiales.

 Detalló que entre los trabajadores que no son acreedores a la prestación  se encuentran los directores, gerentes o administradores de una empresa, socios o accionistas; también los eventuales que hayan laborado menos de 60 días.

Así como también los que presten sus servicios mediante el pago de honorarios además de los trabajadores doméstico.

El funcionario dijo que el pago de las utilidades se determina según los días laborados y el monto de los salarios percibidos y que se toma como base la cuota diaria del salario sin incluir otras prestaciones.

Además los patrones están obligados a entregar a los representantes de los trabajadores, una copia de la declaración del ejercicio anual, para verificar si la empresa tuvo utilidades o pérdidas.

Precisó que las empresas de nueva creación están exentas de pagar esta prestación así como, las instituciones públicas y privadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

El delegado dijo que los trabajadores que no reciban este derecho deben acudir a las instancias laborales como la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador (Profedet) donde se les podrá dar asesoría de forma gratuita.

Zapata Frayre informó que una vez concluido el periodo de entrega de la prestación se realizará un operativo de inspecciones, para verificar el pago de utilidades en empresas de jurisdicción federal, y de detectarse irregularidades las sanciones pueden oscilar de 250 a cinco mil veces el salario mínimo, según lo establecido en la Reforma Laboral.

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