Inconstitucional desaparecer el instituto estatal de migración

MA. DE LA LUZ DOMÍNGUEZ CAMPOS *

De ninguna manera puede desaparecerse al Instituto Estatal de Migración de un plumazo, violentando nuestra Ley Fundamental Estatal, pero sobre todo sin consultar a los migrantes. Por lo que ante las manifestaciones de diversas federaciones de migrantes, académicos y sociedad en general, el Gobierno del Estado se ha comprometido a no sostener la propuesta de desaparecer o degradar el Instituto Estatal de Migración y mantenerlo en las mismas condiciones jurídicas vigentes hasta en tanto no se realice las modificaciones constitucionales correspondientes y la consulta pública necesaria.

La degradación del Instituto Estatal de Migración a subsecretaría es una violación flagrante a la Constitución Política del Estado de Zacatecas, en virtud que dicha institución tiene su fundamento jurídico en el párrafo tercero del artículo 24 constitucional que señala textualmente “Se crea el Instituto Estatal de Migración, con la estructura y fines que señale el correspondiente decreto del Ejecutivo, sin contravenir a lo dispuesto por la legislación federal.”

Por consiguiente para desaparecerlo o cambiar su naturaleza jurídica se requiere de la aprobación de una nueva reforma constitucional al Artículo 24, bajo el procedimiento previsto en los artículos 164, 165, 166 y 167 de la propia Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.

Tal procedimiento implica que primero se debe presentar la iniciativa de reforma constitucional, después se turnará a la comisión respectiva, posteriormente se dictaminará, deberá ser admitida a discusión tal reforma por el voto de 20 diputados, posteriormente las adiciones o reformas deberán ser aprobadas por 20 diputados y deberán aprobar por lo menos 39 Ayuntamientos, luego entonces, sí se puede modificar, cambiar o desaparecer al Instituto Estatal de Migración, pero de ninguna manera mediante la creación de una nueva ley orgánica de la administración pública. Menos aún sin la consulta previa con la comunidad migrante.

Actualmente el Instituto Estatal de Migración es un órgano desconcentrado con facultades de decisión, competencia específica y patrimonio propio y es considerado como un instrumento que crea el Estado para atender los migrantes,  para mantener y mejorar los vínculos de la Entidad con residentes zacatecanos en el extranjero, instrumentar programas interinstitucionales, orientar a los trabajadores transfronterizos, estimular la inversión a través de programas como el 3X1, procurar, promover y defender los derechos humanos de los migrantes, así como estimular y apoyar con pleno respeto a la autodeterminación de los migrantes.

Actualmente de conformidad con el Decreto de creación y Reglamento Interior del Instituto Estatal de Migración, se permite la participación ciudadana de los migrantes mediante su Consejo Consultivo, esta instancia es el órgano supremo de gobierno del Instituto que integra dos miembros de la sociedad civil que serán presidentes de las Federaciones con voz y voto; y se encarga de definir las estrategias, políticas y programas operativos del Instituto.

La desaparición, degradación o cambio del Instituto Estatal de Migración se presenta en un contexto de plena desarmonización con el modelo federal (Instituto Nacional de Migración), violenta la Constitución Local y evidencia la falta de consulta con la comunidad migrante para decidir sobre la institución jurídica encargada de la política migratoria estatal.

Los derechos de los Migrantes deben ser plenamente respetados y que sus luchas, esfuerzos, logros y derechos adquiridos a lo largo de muchos años sean cumplidas. Por lo tanto, si los migrantes deciden libre y democráticamente con argumentos constitucionales, legales y sociales conjuntamente con los Poderes Ejecutivo y Legislativo darse una nueva institución con nuevos objetivos, nueva estructura orgánica, nuevas atribuciones, nuevas planes, políticas, programas, estrategias y acciones sobre política migratoria; entonces sí la institución que proceda, trátese de una Secretaría, Consejo, Comité u otro será una institución legal, legitima y democráticamente creada con la participación amplia de autoridades y comunidad migrante.

* Diputada local de Movimiento Ciudadano

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