Propone Morena eliminar «prescripción» para que nadie evada la justicia

Zacatecas, Zac.- El diputado Luis Medina Lizalde, coordinador de la banca de Morena, propuso en la sesión ordinaria de la LXII Legislatura, la eliminación de la figura jurídica de prescripción, con la que se busca que todo aquel servidor público de elección popular; ministros, magistrados y jueces del Poder Judicial, no puedan evadir la justicia si cometieron algún delito grave

El legislador de Morena detalló que mediante la reforma al Artículo 114 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se eliminaría la prescripción del ejercicio de la acción penal, lo que se traduciría en una legítima defensa de la sociedad y el Estado para acotar drásticamente los márgenes de impunidad de la delincuencia de élite, originada en el desempeño de los cargos de poder.

La prescripción en términos legales, explicó Medina Lizalde, consiste en que el tiempo tenga poder de modificar o anular la aplicación de la ley penal.

La reforma a dicho artículo, agregó, también establece que la responsabilidad administrativa, para su fincamiento, será igualmente imprescriptible, pero tomando en cuenta la naturaleza de los actos que dieron origen a la misma. “Se exceptúa de lo anterior aquellas conductas que generen responsabilidad administrativa no consideradas graves por las leyes”.

Expuso que, en sí, la prescripción no anula el delito cometido, ni considera que no se hubiera cometido. Solo extingue la necesidad de la condena, al hacer desaparecer la punibilidad. Es decir que el Estado solamente toma una decisión práctica, pero que en modo alguno borra la existencia del hecho delictuoso, o los efectos de naturaleza civil que pudieran ocasionarse como consecuencia de aquél.

“Todo ello nos convence que no debe existir barrera temporal alguna para llevar a cabo la persecución penal de los actos de corrupción”, subrayó.

Añadió que la prescripción es una institución de antigua y larga tradición histórica como se ha mencionado antes, ha sido generalmente aceptada por la doctrina y las legislaciones positivas, que implica una autolimitación o renuncia del Estado a la punibilidad por el transcurso del tiempo, y cuya justificación se pretende basar en el principio de seguridad jurídica.

LNY/Redacción

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