Los órganos de fiscalización en el país

NORMA JULIETA DEL RÍO VENEGAS *

El estudio de la fiscalización en el mundo actual es de lo más interesante, pues cada día evolucionan los mecanismos y nuevas teorías en este mundo de la rendición de cuentas.

Durante el año 2007, se llevó a cabo la Conferencia Internacional sobre Candados y Derechos, denominada «Protección de Programas Sociales y Construcción de Ciudadanía», llevada a cabo en la Ciudad de México, organizada por la Oficina del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD en México, en donde participaron,  la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de la Función Pública, la Secretaría de Salud, el Congreso de la Unión, el IFAI y distintas universidades participantes, con el objeto que especialistas en materia de fiscalización de recursos públicos, desarrollarán los temas en base a la teoría, práctica y propuestas para la protección de programas sociales en México.

Se dividió en cuatro capítulos, destacando el relativo al análisis de los conceptos de rendición de cuentas y fiscalización, en base al análisis teórico, se planteó hacia dónde se dirigen los mecanismos de control en nuestro país, quedando como propuestas: Expandir las facultades a la ASF, SFP y Congreso de la Unión; institucionalizar la revisión externa del gasto social durante las campañas electorales; mejorar e institucionalizar la aprobación de normas de operación para los Programas Sociales; mejorar la coordinación entre y dentro de las diferentes instituciones de fiscalización; profundizar el compromiso de evaluar el desempeño por parte de la ASF y SFP; publicitar el resultado de las auditorías; mejorar el seguimiento institucional de los resultados de las auditorías; mejorar la eficacia para sancionar irregularidades descubiertas durante las auditorías; y, aumentar el presupuesto de las agencias fiscalizadoras en general, y para auditar el gasto social particular.

En las Entidades Federativas, se cuenta con la figura de Órgano de Fiscalización Estatal   y de la Auditoria Superior, cada entidad cuenta con facultades revisoras con características especiales, la primera al momento de los hechos y la segunda  al término del ejercicio fiscal.

En el año de 1982 nace en el  Gobierno Federal la  Secretaría de la Contraloría General de la Federación, siendo su Titular Francisco Rojas Gutiérrez, se crea como una dependencia del estado mexicano que tiene como objetivo vigilar el desempeño del gobierno federal. En enero del siguiente año se publica el primer Reglamento Interior de esta Secretaría; posteriormente en diciembre de 1994 se modifica el nombre de la dependencia por el de Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, dotándose de nuevas funciones con el objeto de modernizar y controlar funciones administrativas.

La primera mujer que asumió la titularidad de la Contraloría Federal fue María Elena Vázquez Nava del año 1988 a 1994.

El 10 de abril de 2003, se publica en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal,  con esta reforma a la Ley se sustituye el nombre de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo por la denominación actual de Secretaría de la Función Pública.

Se adicionan a las atribuciones que anteriormente tenía conferidas la Secretaría, las de dirigir, organizar y operar el Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, aprobar y registrar las estructuras orgánicas y organizacionales de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y sus modificaciones, previo dictamen presupuestal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, además de fijar normas y lineamientos en materia de planeación y administración de personal.

Desde nuestra primera Constitución en 1824, se crea la Contaduría Mayor de Hacienda, la cual fue sustituida por la Auditoria Superior de la Federación  cuando la iniciativa de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación fue  aprobada por los diputados en diciembre del 2000.

Ésta Ley especifica las atribuciones de la Auditoría Superior de la Federación, entidad pública auxiliar de la Cámara de Diputados para la revisión de la Cuenta Pública, así como las obligaciones de rendición de cuentas de las entidades  que ejercen recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Ser titular de un Órgano de Control requiere de un perfil profesional y de experiencia en el manejo de los mismos, pero aunado a ello, requiere de carácter y de valor civil, pues son responsabilidades mayores.

Estos espacios dan muchas satisfacciones y al final de cuentas, la tarea de revisar y fiscalizar, como experiencia personal siempre es grata.

Titular de Órgano de Control de la Secretaria de la Función Pública adscrita al Instituto de Investigaciones Eléctricas.

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