Villanueva debe explicar que no tiene reglamento que regule actividad en panteones: IZAI
Zacatecas, Zac.- En sesión ordinaria de Pleno del Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IZAI), los comisionados Samuel Montoya Álvarez, Julieta del Río Venegas y Antonio de la Torre Dueñas, resolvieron tres recursos de revisión en contra de Villanueva, Genaro Codina y la Secretaría de Finanzas.
Samuel Montoya Álvarez, comisionado presidente, fue ponente del recurso de revisión contra el Ayuntamiento de Villanueva, interpuesto a causa de que no respondiera una solicitud de información dentro del término que la Ley marca.
“El solicitante pidió la Ley Municipal de Panteones vigente, así como los requerimientos para la creación de un nuevo panteón y los costos por modificaciones dentro del panteón municipal” detalló Montoya Álvarez.
Explicó que en sus manifestaciones el Comité de Transparencia del Ayuntamiento expresó que no existe Ley ni reglamentación en la materia, sólo costos y tarifas de los servicios, y finalmente informó que el municipio ya está trabajando en generar un reglamento de panteones.
“El municipio reconoce que la regulación de este servicio está entre sus atribuciones, por lo cual la Ley de Transparencia de Zacatecas advierte que se debe explicar la inexistencia de información respecto a un tema el cual está obligado a atender” puntualizó el Comisionado ponente.
Derivado de lo anterior el Pleno determinó revocar su respuesta, y dado que el municipio afirmó que ya está trabajando en generar la reglamentación solicitada, se le instruyó para que en 10 días remita la información al ciudadano.
En el caso contra el Ayuntamiento de Genaro Codina, el comisionado José Antonio de la Torre Dueñas, ponente, explicó que un ciudadano preguntó cuáles son las bases de datos con las que cuenta el municipio, así como la finalidad y fundamento de su generación, el costo total por las medidas de seguridad implementadas y los avisos de privacidad que se han emitido a los titulares de los datos.
Al responder esta solicitud el municipio respondió que no existe la información porque no se cuenta con bases de datos, sin embargo el ciudadano se inconformó debido a que no se hizo la declaratoria legal de inexistencia.
“Según la Ley, un sujeto obligado debe garantizar primero que se realizó una búsqueda exhaustiva y razonable de la información en todas las áreas, y después de ello el Comité de Transparencia deberá confirmar la inexistencia de los datos solicitados” afirmó De la Torre Dueñas.
Derivado de que el Ayuntamiento no emitió sus manifestaciones, el Pleno determinó que fue negligente y modificó su respuesta instruyéndole para que en 5 días remita la información solicitada o realice una declaratoria de inexistencia de la misma en apego a la Ley.
Finalmente, el Pleno determinó dejar sin efecto el recurso en contra de la Secretaría de Finanzas, una vez que el sujeto obligado comprobó haber enviado a la solicitante copias de los convenios referentes a recursos extraordinarios de los distintos programas y fondos en sus diferentes modalidades y nombres del municipio de Villanueva, desde el 15 de septiembre de 2013 a la fecha.
LNY/Redacción