Trata de personas, tercera fuente de ingresos de delincuencia organizada

Con la unanimidad que le dieron 26 votos a favor, fue aprobada por los diputados de la 60 Legislatura, la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 19, 20 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativa a regular la prevención y combate a la trata de personas, a la protección, atención y asistencia a las víctimas de esta conducta ilícita, además del derecho a la alimentación y el derecho de los niños y niñas a necesidades tales como alimentación, salud, educación y sano esparcimiento.
A favor de la aprobación, en lo general, habló la diputada de Convergencia María de la Luz Domínguez Campos, quien señaló que en México, la trata de personas es actualmente la tercera fuente de ingresos de la delincuencia organizada, después del narcotráfico y tráfico de armas.
Así, el Congreso local aprobó la reforma a la Constitución, para que los jueces puedan dictar prisión preventiva a quienes sean sospechosos de cometer el delito.
Y es que, dijo la diputada María de la Luz Domínguez, el objetivo será contribuir a disminuir la trata de personas “que significa miles de millones de pesos para los delincuentes que pertenecen a redes internacionales”.
La legisladora de Convergencia aseguró que en el mundo se trafican más de 2.5 millones de personas anualmente, lo que significa una nueva forma de esclavitud en el siglo XXI.
Y aunque en Zacatecas, no se tienen estadísticas, refirió que en México más de 20 mil niños son víctimas de explotación sexual, sobre todo en zonas fronterizas y turísticas que son el Distrito Federal, Baja California Norte, Chiapas, Chihuahua, Guerrero, Oaxaca, Tlaxcala, Quintana Roo y este estado no escapa del problema.
La reforma a los artículos 19, 20 y 73 consiste en que el Ministerio Público podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en juicio.
La reforma regula además la prevención y combate a la trata de personas, así como la protección, atención y asistencia a las víctimas de esta conducta ilícita, con la finalidad de garantizar el respeto al libre desarrollo de la personalidad de las víctimas y posibles víctimas, residentes o trasladadas al territorio del estado.
0 0 votes
Article Rating
Subscribe
Notify of
guest

0 Comments
Inline Feedbacks
View all comments
0
Would love your thoughts, please comment.x
()
x