Tiempos del Estado en radio y televisión
CAMERINO ELEAZAR MÁRQUEZ MADRID
Los tiempos actuales exigen cambios urgentes y es por ello que la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) inició este martes el foro El uso de los Tiempos del Estado y el Fortalecimiento Democrático, Reflexiones sobre el Modelo de comunicación Política.
Tuve la oportunidad de participar en este foro como representante del PRD ante el IFE, en la Mesa 1, titulada Utilización de la Prerrogativa por los Partidos Políticos (Flexibilidad y Diferenciación de Estrategias).
En este análisis del sistema electoral compartí foro con el Presidente Provisional del Instituto Federal Electoral, Benito Nacif Hernández; el ex presidente del IFE, José Woldenberg; y el Director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Héctor Fix-Fierro.
A continuación presento mi reflexión:
En el proceso electoral de 2006 casi 2/3 partes del gasto de campaña fue acaparado por los medios electrónicos. Entonces operaba la tarifa política (sobreprecio) y los medios decidían el precio y el acceso, pese a la engorrosa regulación de catálogo de tiempos y precios que no se observaban.
El acceso a la radio y televisión de los partidos y candidatos de manera exclusiva en los tiempos del Estado administrados por el IFE abrió una caja de pandora en el tema de las telecomunicaciones, hasta entonces dominado por la autorregulación.
La regulación de las telecomunicaciones desde el ámbito electoral resultó molesta e incómodo para el duopolio televisivo, por lo que ante la operación del nuevo modelo de comunicación iniciaron una abierta confrontación con la autoridad electoral, que a la postre ha logrado alienar a la autoridad electoral conforme a sus intereses políticos y comerciales.
Lo que nos llevó al foro de análisis, espero, se constituya en la última resistencia del duopolio televisivo a la operación del modelo de comunicación política, consistente en el regateo a cumplir con la obligación de cada concesión de televisión de transmitir los mensajes de los partidos y las autoridades electorales de acuerdo a su cobertura geográfica (pautas específicas).
Y ligado a las pautas específicas en la operación del modelo de comunicación también está la definición de los mapas de cobertura EFECTIVA para efectos electorales, que es las áreas geográficas en las que se ve y se escucha cada emisora, siendo que hasta ahora sólo se cuenta con la información proporcionada por las propias concesionarias.
En la implementación del modelo de comunicación política, a través de los tiempos del Estado en radio y tv, la autoridad electoral afrontó grandes retos frente a duopolio televisivo desde el año de 2008; por desgracia en la última parte de la implementación claudicó al asumir la defensa de intereses privados: estableciendo el criterio que denominó pauta estatal.
La pauta estatal implicó agrupar concesiones en cada estado a partir de la identidad de programación, lo que no tiene sustento legal ni tampoco en el modo o prácticas de operación de las empresas concentradoras de concesiones.
El citado criterio sostiene que se modificarían prácticas y condiciones impuestas por las televisoras privadas a la autoridad electoral, para el cumplimiento de pautas específicas y bloqueos de señales en operación de “redes nacionales”, condiciones que el 1° de enero de 2013 debieron de ser superadas al haberse dictaminado como causas de excepción temporal.
Sin embargo hoy es la propia autoridad la que prorroga las causas de excepción para el cumplimiento de las pautas específicas, pretendiendo ocultarlas en la manipulación de órdenes de transmisión.
No está por demás señalar que el citado criterio además de limitar y desvirtuar el modelo de comunicación política vigente, ha permitido recuperar la comercialización de tiempo en la radio y la televisión mediante un mercado negro con gacetillas, menciones y entrevistas para funcionarios y candidatos que se ven limitados o impedidos a acceder a los canales de televisión y estaciones de radio con cobertura en sus distritos y municipios.
El asunto es sencillo: la capacidad para operar pautas específicas, es decir, por cada una de las concesiones, es legal y materialmente posible, porque basta con que el IFE automatice los ahora deficientes procesos de pautado.
Por la parte de los concesionarios del servicio de televisión basta con que cumplan con las obligaciones inherentes a su título de concesión.
Los partidos políticos requerimos de la posibilidad de contar con pautas específicas por cada concesión, para poder insertar contenidos de acuerdo a la cobertura geográfica electoral de cada emisora.
Ningún partido tiene ni tendrá la capacidad para producir materiales en cada una de las más de 2 mil emisoras de radio y televisión, por lo que resulta desproporcionada la mal intencionada consideración de que resultaría inmanejable para la autoridad electoral.
Por su parte, los concesionarios de televisión cuentan con la obligación inherente de dar cobertura regional conforme a cada uno de los títulos de concesión y además con la capacidad técnica de bloqueo.
Las candidaturas independientes, así como las elecciones extraordinarias en las que existe la necesidad de coberturas específicas en determinadas regiones geográficas, como municipios o distritos electorales, demuestran la necesidad del cumplimiento de las pautas específicas.
A pesar de las constantes resistencias a la operación del modelo de comunicación electoral vigente y a intentos de desvirtuarlo abriendo mercados paralelos con propaganda política disfrazada, al amparo de la libertad de expresión, el modelo de comunicación funciona y ya se ha afianzado, sólo requiere de ajustes.
Se debe permitir que en los 48 minutos diarios disponibles se difundan debates para el intercambio de ideas que favorecerán la transparencia y el derecho de información. Con ello dejaríamos de depender de ocurrencias y desplantes de quienes detentan las concesiones del servicio público de televisión que contraponen al interés público la transmisión de partidos de futbol en su república del raiting.
Representante del PRD ante el IFE
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