Segunda Violación a la Ley Electoral
Las y los mexicanos volvimos a ser testigos de otra fragante violación a la Constitución y a las leyes electorales, cuando los consejeros del Instituto Federal Electoral (IFE) decidieron exonerar a ocho televisoras de la multa económica que se planteaba imponerles, por difundir en todo el país la imagen del gobernador del Estado de México, Enrique Peña Nieto.
Si ya había sido lamentable la resolución del TRIFE de no castigar al mandatario por la difusión de su imagen y trasladar esa responsabilidad a las empresas de comunicación; hoy, resulta deplorable y preocupante que el IFE decidiera eximir también a las televisoras, que sin el mínimo respeto a la legalidad transmitieron spots de evidentes actos de precampaña electoral.
La difusión de los comerciales por parte de las televisoras fuera del Estado de México resultó una clara provocación a las instituciones y específicamente al árbitro electoral de nuestra nación: el IFE.
Ante ambos casos, en los que ninguno de los dos actores principales recibieron una sanción y se envía a la República un mensaje de impunidad, me pregunto ¿Cómo vamos a ser capaces de llegar a un proceso electoral limpio en 2012, si desde ahora se están rompiendo las reglas?
No es la primera vez que sucede. Las televisoras ya se mostraron provocadoras al interrumpir partidos de fútbol y programas cuando se aprobó la reforma electoral en 2007 y 2008. Ahora, simplemente no están dispuestas a acatar las reglas de dicha reforma y nos lo han demostrado contundentemente.
Los medios de comunicación masivos salieron “bien librados” del proceso al recibir sólo una sanción pública, tras la discusión en el Consejo General del IFE del procedimiento especial sancionador del PAN en contra del gobernador de Edomex, su coordinador general de comunicación social, del PRI y ocho televisoras, entre las que están Televisa y Tv Azteca.
Con ese análisis del IFE, el pasado miércoles 25 de mayo, se cumplió lo ordenado por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al resolver los recursos de apelación que habían sido presentados y acatando la resolución en la que se exoneró a Enrique Peña Nieto por las acusaciones de actos anticipados de campaña, derivados de su V Informe de Gobierno.
Luego de la decisión del TRIFE de multar únicamente a las televisoras como las responsables de la transmisión de los spots a nivel nacional, los consejeros del IFE debían establecer el monto económico que se les aplicaría a dichos medios de comunicación.
La propuesta del secretario ejecutivo del Instituto, Edmundo Jacobo Molina, era aplicar una sanción por 15.6 millones de pesos; sin embargo, el proyecto no fue avalado por todos los consejeros.
En consecuencia, el consejero Francisco Guerrero planteó sólo amonestar públicamente a las televisoras, bajo el argumento de que la transmisión de promocionales del informe del mandatario mexiquense se llevó a cabo considerando un catálogo de estaciones obsoleto, el cual contaba con otras disposiciones.
En una primera votación sobre la sanción a las televisoras, la propuesta recibió tres votos a favor y tres en contra: empate. En segunda ronda de votación el resultado fue cuatro votos contra dos, echando abajo la serie de multas por millones de pesos que proponía el secretario ejecutivo.
Coincido con los consejeros cuando dicen que es necesario que la ley especifique qué se entiende por actos anticipados de campaña; empero, siempre se le podrán dar interpretaciones a la norma a modo, por lo que me parece urgente que la ley sea más clara y sí se sancione económicamente a las televisoras; pero es más apremiante que los magistrados en el Tribunal y los Consejeros en el IFE se conduzcan con los principios de imparcialidad, legalidad y transparencia.
*Representante del PRD ante el Consejo General del IFE y estudiante de diplomado en el CIDE.