Revictimización de las mujeres en el Sistema Penal
ARGENTINA CASANOVA
Si en materia de atención a las personas afectadas por los delitos hay un grave rezago general en todo el país, en lo que se refiere a las mujeres y niñas víctimas de violencia, especialmente la sexual, existe una situación más grave, como la revictimización, la cual no sólo es resultado del desconocimiento de los derechos de ellas, pero también de la falta de voluntad por respetarlos, y se sustenta en gran medida en prejuicios, estereotipos y roles que sesgan el trato hacia las víctimas.
En particular, las víctimas de delitos sexuales afrontan una exposición o sobre exposición a riesgos no sólo del o los agresores, sino que la propia comunidad puede con los actos omisos o las acciones del propio Estado representado por sus agentes, ser un causante de la violencia comunitaria contra las víctimas derivando en la revictimización.
Además de que los actos y omisiones de los servidores públicos constituyen por sí mismos hechos de revictimización, o facilitan que alguien más los cometa, como ocurre con la filtración de información que intencionalmente se ofrece a los medios de comunicación y que su difusión constituye nuevas formas de agresión hacia las mujeres y niñas vulneradas en sus derechos y afectadas por delitos.
En el peor de los casos, son los propios servidores públicos a través de las áreas de comunicación quienes al ofrecer datos irrelevantes acerca del hecho, visibilizan más las condiciones en torno a la víctima en vez de centrarla en el delito, poniendo énfasis en contextos sexistas que invisibilizan la acción del agresor.
De tal forma que tenemos diarios llenos de notas rojas que se centran en quién era la víctima, pero aportando elementos desde una visión sexista, machista, patriarcal y por supuesto misógina.
De ahí que sepamos que una mujer era “exigente, era infiel, trabajaba en un bar, era prostituta, era drogadicta, era una ‘nini’, era mesera, y muchos largos etcétera, que podemos encontrar al abrir la sección policiaca de un diario, incluso si la víctima de violencia sobrevive y no denuncia, la perspectiva se centra en fortalecer el estereotipo de que las mujeres no denuncian y por eso les pegan.
Esos mismos casos podrían abordarse desde las perspectivas que se encuentran en la información, pero que no son destacados aunque constituyen detalles fundamentales para entender por qué se convirtieron en víctimas de delitos graves de violencia sexual o feminicida, tal es el caso de las niñas que trabajan en bares y en los que no se identifica ¿intencionalmente? que esto constituye una responsabilidad del Estado, al no ejercer vigilancia y control sobre espacios de bares en los que se comete abuso laboral, se violan los derechos de la infancia, y por supuesto concurren hechos de explotación sexual.
Visibilizar todos estos elementos que eran las condiciones de la víctima ayudaría a una visión más objetiva de las circunstancias que rodeaban a la víctima, y que son formas de la violencia estructural que vulnera la vida de las mujeres y constituyen por sí mismas los argumentos concretos de la desigualdad y la discriminación en la que viven las niñas, y que las hace víctimas de una violencia que pudo prevenirse si el Estado hubiera hecho su trabajo.
Aunado a ello, los familiares de las víctimas y ellas mismas cuando son sobrevivientes afrontan a servidores públicos que se convierten en jueces y se adelantan a la posibilidad de que un juez reciba la información y decida la culpabilidad, y hacen desistir a la víctima diciéndole que no tiene condiciones para probar el delito que denuncia, y por supuesto así logran que acepten acuerdos que poco les favorecen.
Tenemos cientos si no es que miles de casos en los que las víctimas tras pasar por procesos desgastantes de denuncia, se les niega el acceso a la justicia por una mala investigación, reconocida por el juez en su sentencia, y que no es sino la irresponsabilidad de un MP que no hizo las diligencias correspondientes. Largas horas de esperas, citas interminables, dejarles la carga de la prueba y muchos otros actos son revictimizantes.
Y por parte de los jueces los tenemos ahí descartando pruebas científicas, peritajes y por último negarle voz a las víctimas, descartar su testimonio o no considerarlo válido para fundar el delito y dejarlo por escrito en los expedientes; ésa es sin duda una de las más graves y constantes formas de revictimización.
Hace unos días escuchaba a la experta peruana Julisa Mantilla exponer justo lo que tantas abogadas mexicanas exponen: ¿Por qué si se denuncia el robo de una computadora en un lugar público, se le cree a la persona que lo denuncia, pero si una mujer denuncia que ha sido víctima de violencia sexual, lo primero que hacen es pedirle pruebas y se le deja a ella la carga de la prueba?
Tienen que ver los prejuicios, tiene que ver que las mujeres no tienen voz, que no se les reconoce como “personas confiables” cuyo testimonio pueda ser tomado en cuenta, y por eso hasta los jueces estiman que no pueden ser testigos confiables de los hechos de los que fueron víctimas.
Además, afrontar en todos los procesos un lenguaje que genera revictimización al señalar por ejemplo “relaciones sexuales” cuando se trató de un abuso, violencia y no un acto consensuado.
La principal forma de revictimización es negarles el acceso a la justicia.
* Integrante de la Red Nacional de Periodistas y del Observatorio de Feminicidio en Campeche.