Por mayoría, avala Suprema Corte que Zacatecas pueda cobrar «impuestos verdes»

Zacatecas, Zac.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este jueves con una mayoría de ocho votos contra dos, la posibilidad para que Zacatecas pueda cobrar impuestos en materia medioambiental, y abrió la puerta para que más estados puedan seguir el ejemplo.

Zacatecas, donde operan diversas empresas mineras y existe una gran planta cervecera de Grupo Modelo, fue precursor en la introducción de este tipo de impuestos «verdes», y la decisión de la SCJN abre la puerta para que más entidades puedan cobrar estos gravámenes.

Desde hace un par de años, el gobierno zacatecano que encabeza el priista Alejandro Tello Cristerna, promovió con éxito en su Congreso local la aprobación de un impuesto que afecta particularmente las actividades empresariales contaminantes.

La votación por mayoría de los ministros este jueves resolvió que la entidad no se excedió en sus facultades y la colocación de un impuesto no viola facultades exclusivas de la Federación.

Los ministros aprobaron el proyecto de la magistrada Norma Lucía Piña Hernández para establecer que Zacatecas sí tiene facultades tributarias para establecer contribuciones en materia ecológica.

A la Corre aun le falta por revisar las particularidades de cada uno de los artículos que contempla dicho impuesto de la Ley Hacendaria de Zacatecas, la cual fue impugnada por el ex presidente Enrique Peña Nieto.

A través de una controversia constitucional, el ex titular del Ejecutivo Federal pidió anular los preceptos, del 6 al 36 del mencionado estatuto, bajo el argumento de que vulneran las facultades de la Federación en materia de minería, equilibrio ecológico, contaminación de la atmósfera, preservación de las aguas nacionales y, tratamiento y disposición de residuos peligrosos.
Sin embargo, los poderes del gobierno de Zacatecas manifestaron que las normas impugnadas fueron expedidas con base en las facultades concurrentes que la Constitución establece en material de medio ambiente.
La mayoría de los ministros coincidió que el Congreso de la Unión no tiene la atribución exclusiva de legislar en materia de contribuciones, porque las contribuciones se encuentran encaminadas a hacer efectivos los objetivos y atribuciones, tanto de la Federación como de los estados y municipios, lo que implica que cada uno, en su esfera de competencia, pueden establecer diversos gravámenes.
«En relación con las contribuciones en materia de medio ambiente, resulta que, como lo señalaron diversos ministros, el Constituyente no estableció una prohibición expresa a cargo de las entidades federativas y tampoco se desprende que sea una atribución exclusiva de la Federación.
«Consecuentemente, es dable concluir que la atribución es coincidente entre los estados y la Federación, desprendiendo esta conclusión del marco tributario general; en otras palabras, de ese marco constitucional tributario se desprende que tanto los estados como la Federación pueden ejercer simultáneamente y en el ámbito de sus respectivas competencias, la contribución de establecer contribuciones en materia ambiental», expresó la ministra Piña Hernández.

Votaron a favor los ministros Alfredo Gutiérrez, José Luis González, Fernando Franco, Mario Pardo, Javier Laynez, Alberto Pérez, la ponente Norma Piña y el presidente Arturo Zaldívar.

Los ministros que votaron en contra fueron Luis María Aguilar y Eduardo Medina, mientras que la ministra Margarita Luna, quien está a unos días de su retiro, se encuentra de vacaciones por lo que no estuvo en la sesión.

Debido a que el proyecto de la ministra Norma Piña sufrió algunos cambios durante la discusión del caso, la sesión se detuvo con esta votación con el fin de que redacten de manera ordenada esos cambios.

Por ello, será hasta la sesión del lunes, cuando los ministros analicen y resuelvan los efectos que esta determinación tendrá para el caso específico de Zacatecas con relación a la controversia constitucional 56/2017.

LNY/Redacción

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