Por coronavirus amplían plazo para declaraciones patrimoniales en Zacatecas

Zacatecas, Zac.- En sesión extraordinaria realizada el 29 de abril, el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción de Zacatecas, determinó emitir un acuerdo que amplió el plazo para la presentación de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos estableciendo como fecha límite el 31 de julio del año en curso.

Como lo establece la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a partir del 1 de mayo se abrió el periodo para que los servidores públicos de la entidad que tienen la obligación de presentar su declaración patrimonial lo hagan a través de la plataforma del Sistema de Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses (Sidespi), haciendo uso de los nuevos formatos que entraron en vigor este 2020.

Sin embargo y derivado de la Contingencia Sanitaria por la que está atravesando el país, a nivel nacional se propuso por parte de la Secretaría de la Función Pública Federal, la posibilidad de ampliar dicho plazo, situación que se retomó en nuestra entidad.

Derivado de que, en la Sesión, el Comité Coordinador determinó hacerlo extensivo para los otros poderes del estado, así como para los organismos autónomos y los municipios y con ello unificar el criterio y la posibilidad de que la presentación de las declaraciones se amplíe hasta el 31 de julio, sin que haya sanción para el servidor público.

Teniendo como fundamento lo publicado en el Periódico Oficial del Estado que establece “Que con el fin de coadyuvar a la prevención y el combate de la pandemia generada por el coronavirus SARS-CoV2, y se cumpla con la obligación legal de todas las personas servidoras públicas de presentar su declaración patrimonial y de intereses, he tenido a bien expedir el siguiente: acuerdo por el que se tiene como causa justificada la no presentación de las declaraciones de situación patrimonial y la de intereses, en los plazos previstos en los artículos 33 y 48 de la ley general de responsabilidades administrativas, por la emergencia sanitaria derivada de la enfermedad generada por el coronavirus sars-cov2 (COVID-19)”

De esta manera: Se tiene como causa justificada por la emergencia sanitaria derivada de la enfermedad generada por el coronavirusSARS-CoV2 (COVID-19), la ampliación del plazo para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, en la modalidad de modificación que se debe presentar durante el mes de mayo de 2020, como lo prevén los artículos 33 fracción II y 48 párrafo segundo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por lo que podrá presentarse hasta el 31 de julio del 2020.

Las declaraciones patrimoniales que sean presentadas después del 31 de mayo del 2020 y que el sistema las señala como extemporáneas, no causarán ningún efecto legal, por lo que la extemporaneidad se tendrá actualizada una vez que concluya la ampliación a dicho plazo.

Con ello se da cumplimiento a la ley General de Responsabilidades Administrativas y se unifican los criterios para que los otros poderes (Legislativo y Judicial) así como los organismos autónomos y los municipios puedan emitir sus propios acuerdos y también se amplíen los periodos de presentación de esta responsabilidad.

LNY/Redacción