Ordena SCJN regresen de Veracruz, 12 reos a Cieneguillas
México, DF.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó el regreso de los 12 reos que fueron trasladados del penal de Cieneguillas, Zacatecas al penal federal de Cinco Oriente, en Veracruz, luego de considerar que se violaron sus derechos fundamentales.
Después de que el martes pasado los ministros resolvieran por 10 votos contra uno que los reos tienen el derecho constitucional de cumplir su condena en penales cercanos a su lugar de residencia, la SCJN ordenó hoy regresar a Cieneguillas a los 12 presos que promovieron el amparo contra su traslado.
Al aludir a la resolución emitida el martes 10, la Corte ordenó al comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado, Prevención y Readaptación Social, dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública federal (SSP), restituir a los 12 presos los derechos que les fueron vulnerados.
En una sesión que duró escasos 10 minutos, los ministros señalaron que una de las condiciones esenciales para lograr la readaptación social es darle al reo la oportunidad de audiencia para que, si así lo solicita, pueda purgar su pena en el reclusorio más cercano a su domicilio.
Añadió que no darle esas garantías violenta la dignidad humana de los presos y se vulnera el artículo 18 constitucional, el cual establece que esta condición propicia la reintegración a la comunidad.
Aclara que el criterio no aplica en caso de delincuencia organizada o para internos de alta peligrosidad.
También hicieron énfasis en que la resolución no implica que la autoridad esté impedida para trasladar a un sentenciado a otro lugar. Podrá hacerlo si el caso se ubica en las hipótesis constitucionales y legales conforme a las recientes reformas y si así lo determina la autoridad judicial competente.
El martes pasado, la SCJN concedió el primer amparo a uno de los reos que fueron trasladados en 2010 al reclusorio federal número 5, en Villa Aldama, Veracruz, por disposición de la SSP federal.
Al argumentar su decisión, la Corte se basó en el artículo 18 constitucional ante la falta de la Ley de Ejecución de Sanciones que reforma al mencionado artículo y aún no ha sido aprobada. Los ministros argumentaron falta de fundamento para que las autoridades trasladen presos de una cárcel a otra.
El artículo 18 garantiza el derecho de los sentenciados a solicitar el traslado a su lugar de origen, excepto a los que son culpables de delincuencia organizada o considerados de alta peligrosidad.
Con información de: APRO