No ratificaron denuncias en contra de alcalde de Villa Hidalgo

Zacatecas, Zac.- Por unanimidad de la asamblea, fueron aprobados los dictámenes de la Comisión Legislativa de Gobernación, respecto de dos escritos de denuncia en contra del ciudadano Javier Huerta Garza, presidente municipal de Villa Hidalgo, Zacatecas, por diversas irregularidades, uno presentado por la ciudadana Juana Ríos Pérez, sindica municipal de ese lugar, quien además solicita se le deslinde de toda responsabilidad; y otro presentado por Hilario Torres Juárez y otros regidores del ayuntamiento, también por irregularidades presentadas en su administración.

En el cuerpo de ambos dictámenes se resuelve el desechamiento de plano de las denuncias presentadas, en razón de no haber sido ratificada en el plazo legal establecido.

Reformas y adiciones al código familiar

Por otra parte, los diputados avalaron el dictamen de la Comisión Legislativa de la Niñez, la Juventud y la Familia, mediante la cual se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Familiar del Estado de Zacatecas, reformando así la legislación familiar a efecto de que las autoridades municipales lleven a cabo cursos de orientación prematrimonial.

En el dictamen aprobado se adicionó  un artículo tercero transitorio, con la finalidad de que los cincuenta y ocho ayuntamientos del estado cuenten con un lapso prudente, para que puedan llevar a cabo las acciones y adecuaciones necesarias, y estar en posibilidades de diseñar e implementar de forma eficaz los cursos a que se hace referencia el presente instrumento legislativo.

Adiciones al Código Familiar

La diputada, María Hilda Ramos Martínez, presentó ante la Asamblea la Iniciativa con Proyecto de Decreto para adicionar los artículos 95 y 98 del Código Familiar del Estado de Zacatecas, a fin de establecer la posibilidad de rectificar las actas de nacimiento para adecuarlas a la realidad jurídica y social de las personas; así como la opción de cambiar el nombre propio dado originalmente al momento del registro de nacimiento.

La modificación del nombre propio no libera ni exime a la persona de las obligaciones y responsabilidades que haya contraído con el nombre original, y solo se autorizará si no afecta la filiación de ésta, ni lesiona derechos de terceros o el orden público.

Fideicomiso Zacatecas

La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública presentó ante los diputados el dictamen relativo a la Iniciativa con proyecto de Decreto sobre los Parques Industriales de Zacatecas del Fideicomiso Zacatecas, presentada por el Miguel Alejandro Alonso Reyes, gobernador del estado.

Con este dictamen, se determina la procedencia de bases específicas o la ratificación de las existentes, para la regulación de procedimientos de enajenación del patrimonio de la administración pública estatal, a través de la figura contractual de fideicomiso traslativo de dominio, sobre bienes inmuebles no afectos al dominio público, a fin de brindar mayor certeza jurídica a los actos, contratos y convenios que celebre el Fideicomiso Zacatecas en la operación de parques industriales en el Estado de Zacatecas.

Además se establece que el Poder Ejecutivo podrá celebrar contratos o convenios, como en el presente caso, el funcionamiento y operación del fideicomiso público que nos ocupa, para la realización de acciones prioritarias del gobierno y una vez que ha sido estudiada, además, la naturaleza jurídica del Fideicomiso Zacatecas, esta Dictaminadora considera que si bien es cierto que los fideicomisos se traducen en una entidad paraestatal del Gobierno del Estado, también lo es, que el citado Fideicomiso es una entidad creada, mediante un contrato que deriva en un acto jurídico, que cuenta con un patrimonio autónomo compuesto de bienes inmuebles que son de dominio privado, esto es, bienes o derechos los que siendo de la titularidad de esta entidad, no tienen el carácter de dominio público y pueden ser transmitidos en principio a un fiduciario y, posteriormente, a un fideicomisario sin que sea necesaria autorización legislativa alguna, por lo que estimamos procedente proponer se decreten las bases para ratificar, en todo caso, los procedimientos de enajenación y otros actos jurídicos que en los puntos resolutivos se consignan.

LNY/Comunicado

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