No es fallido reglamento de candidaturas independientes: Leticia Soto
Guadalupe, Zac.- Una vez que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó la inaplicación de las fracciones II y III del artículo 18 de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas, Leticia Catalina Soto Acosta, presidenta del Consejo General del IEEZ señaló que el Reglamento de Candidaturas Independientes está firme y vigente.
En entrevista con medios de comunicación, la presidenta del Consejo General del IEEZ dijo que del Reglamento de Candidaturas Independientes sólo se expulsaron de su contenido el artículo 13, en sus numerales 1 y 2; y del artículo 14 lo relativo a la actuación notarial.
Señaló también que en la última Sesión del Consejo General del IEEZ, los representantes de los partidos políticos brindaron su respaldo a los consejeros electorales en el desarrollo de las tareas del Proceso Electoral 2013; y reconocieron que el Órgano Electoral ha cumplido sus funciones en estricto apego a derecho.
Respecto a las candidaturas independientes, explicó que a partir de octubre de 2012, cuando el Poder Legislativo incluyó tres artículos en la Ley Electoral de Zacatecas para hacer viables las candidaturas independientes en el Proceso Electoral 2013, el órgano Electoral inició un arduo trabajo de reglamentación de esos artículos.
Al presentarse una acción de inconstitucionalidad de los 3 artículos de la Ley Electoral, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la constitucionalidad de las candidaturas independientes; sin embargo, la Sala Superior del TEPJF consideró dejar sin aplicación dos fracciones de un artículo de la Ley Electoral.
El Reglamento de Candidaturas Independientes del Estado de Zacatecas consta de 76 artículos, que se construyeron a partir de un intenso trabajo jurídico de la Dirección de Asuntos Jurídicos, del trabajo colegiado de la Junta Ejecutiva y del Consejo General del IEEZ, con la orientación de especialistas.
El Reglamento no son dos fracciones, verlo así es una manera muy limitada de analizar nuestro sistema jurídico, además de que puede ocasionar confusión entre las personas que aspiran a una candidatura independiente.
La estructura del Reglamento se compone de 76 artículos ordenados por once Títulos en los que se desarrollan los temas de los derechos, obligaciones y prohibiciones político-electorales de las ciudadanas y los ciudadanos que se postulen a cargos de elección popular de manera independiente.
El registro de candidaturas independientes a los cargos de elección popular; los requisitos de elegibilidad; el financiamiento de las candidaturas independientes, la fiscalización del origen y destino de sus recursos y el procedimiento de recuperación de éstos en caso de obtener el triunfo en la elección.
También el acceso de las candidatas y los candidatos independientes a radio, televisión y a los medios de comunicación impresos; las condiciones de equidad en la contienda electoral; el régimen sancionador aplicable a las candidatas y los candidatos independientes; y el aspecto de la nulidad de elección por rebase de topes de gastos de campaña por parte de una candidata o candidato independiente.