Los Centros de Justicia para las Mujeres ¿para qué?
ARGENTINA CASANOVA
(Segunda y última parte)
De no existir los Centros de Justicia para las Mujeres (CJM), no habría un espacio físico con infraestructura y recursos humanos dispuestos para la atención de la violencia contra las mujeres que concreten el compromiso del Estado Mexicano con ellas. Pese a los graves errores documentados por todo el país, su presencia y existencia es fundamental, y su impacto será mucho mayor si se avanza en la generación de indicadores de resultado e impacto para incidir en el acceso pleno de las mujeres a la justicia.
Para alcanzar su propósito, además de la vinculación interinstitucional, los Centros de Justicia para las Mujeres deberían integrar a las organizaciones que defienden los Derechos Humanos (DH) de las mujeres y de los organismos internacionales que buscan eficientar su desempeño mediante diversos recursos técnicos, operativos y de definición de indicadores, así como cursos de capacitación a través de otras organizaciones de DH.
Un modelo que ha demostrado ser pionero y al mismo tiempo dar resultados importantes es el Centro de Justicia para las Mujeres de Campeche, el cual alentó y mantiene la colaboración con la sociedad civil y donde el Observatorio de Violencia Social y de Género permanece trabajando.
En Chihuahua, la organización Mujeres por México, ofrece acompañamiento a la solicitud de atención para las mujeres, que se extiende hacia las audiencias públicas con apoyo emocional para las víctimas de violencia de género.
Hay organizaciones que cuestionan la existencia de los Centros de Justicia, y esto se debe a las experiencias negativas de aquéllos en los que no se garantizó el principio de atender y sancionar la violencia contra las mujeres, el acceso a la justicia fundamentalmente.
Pero hay otras experiencias que hablan de la importancia de ofrecer un apoyo adicional a través de las asistencias jurídicas, sicológicas, y por supuesto de acompañamiento a mujeres que viven violencia y cuyo alcance puede ampliarse con la colaboración de las organizaciones, incluso en áreas culturales.
No hay CJM más cercano al ideal, que aquél que a sabiendas de la crítica postura que pueden asumir las organizaciones defensoras de Derechos Humanos, trabaja abriendo sus puertas a la participación, organización, planeación e intervención de ONG defensoras de los de DH de las mujeres. Particularmente, que admite el trabajo conjunto en la defensa de los derechos de las víctimas durante los juicios del vigente Sistema Penal Acusatorio, con quienes pueden desarrollar las coadyuvancias a favor de las niñas y mujeres.
Los Centros de Justicia tienen que atender los delitos contra las mujeres por razones de género, y aunque en un principio a algunos les costó “definir” cuál era su campo de acción, ya que no tenían la precisión de lo que la violencia basada en género significa, y la limitaban a la violencia familiar y de pareja, y la excluían cuando ésta era cometida en espacios institucionales, laborales o ejercida por un actor distinto a la pareja, en la práctica esto se fue superando y encontraron el camino para garantizar una atención especializada y con enfoque de DH para las mujeres.
Sin embargo, cada Centro de Justicia para las Mujeres en cada región de México afronta contextos y retos ligados a la expresión de la violencia basada en género y su incremento en diferentes escenarios de violencia social.
Los indicadores
Uno de los retos más importantes de los CJM, es la generación de indicadores comunes específicos para mostrar que su camino va directo a construir una respuesta institucional a las recomendaciones puntuales que la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer propone para dar seguimiento, en sus informes regulares al Estado Mexicano (séptimo, octavo y próximamente el noveno).
De la misma forma, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará), dispone de un documento de indicadores puntuales, propuestos por el Comité de Expertas de la CEDAW, emanados del Mecanismo de Seguimiento (Mesecvi) que pueden ajustarse a las actividades y objetivos de los Centros de Justicia.
De la misma forma, la alineación estratégica de objetivos de los CJM con el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (del Gobierno Federal 2014-2018), así como del Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres (2013-2018), permitirían al personal que labora en estos Centros, tener claridad sobre cuáles son sus objetivos y sus responsabilidades conforme al marco jurídico nacional e internacional de carácter obligatorio para el Estado Mexicano.
Esto abonaría en el cumplimiento de los indicadores de monitoreo, pero fundamentalmente de resultado e impacto que nos mostrarían la utilidad y conveniencia de las millonarias inversiones destinadas a los Centros de Justicia.
* Integrante de la Red Nacional de Periodistas y del Observatorio de Feminicidio en Campeche.