Limitaciones a libertad de expresión justificadas por protección a datos personales: Nubia Barrios
Zacatecas, Zac. – “Las limitaciones a la libertad de expresión en todas sus vertientes deben estar justificadas en proporción a los efectos que puedan tener las expresiones vertidas respecto al derecho a la intimidad, al honor de las personas y el daño que les pueda ocasionar” explicó la comisionada Nubia Barrios Escamilla al impartir el módulo “Periodismo y privacidad” del Seminario Internacional 2021 “Los retos de la protección de datos personales en la era digital”.
El evento fue organizado por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO) y la Comisión de Protección de Datos Personales del Sistema Nacional de Transparencia, así como el organismo garante de Baja California.
La comisionada del IZAI resaltó que la libertad de expresión se consagra como un derecho fundamental que debe ser garantizado en todas sus manifestaciones por el Estado, pues contribuye al desarrollo y avance de la democracia, y a la efectiva manifestación de las personas de forma libre y sin obstáculos.
“Aun así, en el ejercicio de este derecho es importante y necesaria la protección del honor, la moral y la privacidad de las personas” apuntó.
Recordó que es en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en donde se señala que nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación, además de referir que toda persona tiene derecho a que la ley le proteja contra tales ataques.
“Hoy en día, manifestar nuestras ideas, opiniones y pensamientos es realmente sencillo, la disyuntiva surge en el ejercicio del Derecho a la Libertad de Expresión, cuando este afecta un derecho fundamental, como lo es el derecho a la privacidad, intimidad y la protección de datos personales, causándole un perjuicio a una persona determinada en el honor o la reputación” afirmó Barrios Escamilla.
Por lo anterior, subrayó que la regulación de la privacidad mediante la protección de datos personales está íntimamente ligada a la normatividad de la libertad de expresión, y por ello es preciso reconocer de antemano que ninguno de ambos derechos es absoluto, lo que quiere decir que ambos aceptan límites.
En el Seminario también fue ponente la especialista en el tema Isabel Davara Fernández, quien resaltó que la protección de datos personales actúa como un derecho llave que permite proteger los derechos humanos de la forma más rápida.
Por su parte, el comisionado Salvador Romero Espinosa, del organismo garante de Jalisco, destacó que los códigos de ética son imprescindibles, pues deben resolver las controversias periodísticas respecto a los límites para la protección de datos personales al momento de ejercer el periodismo.
En tanto el comisionado Abraham Montes Magaña, del organismo garante de Michoacán, subrayó que la libertad de expresión exige una prensa libre que a su vez contribuye en la democracia.
Así mismo coincidió el comisionado del estado de Tlaxcala, Didier López Sánchez, quien destacó que los periodistas, al momento de ejercer la profesión, deben tener las bases de los derechos de privacidad y la protección de datos personales.
Finalmente, el comisionado del INAI Adrián Alcalá Méndez aseguró que el periodismo es un estimulante para el cambio social, por lo tanto, la información que se difunda debe ser robusta, siempre cuidando que se proteja la intimidad.
El módulo fue transmitido a través del canal de Youtube del INFO CDMX, y puede ser consultado a través del enlace https://www.youtube.com/watch?v=L5cLay1mLdA
LNY/Redacción