Las adquisiciones en la administración pública

norma julieta del rioNORMA JULIETA DEL RÍO VENEGAS

La OCDE y la Secretaria de la Función Publica, publicaron en el 2008  un importante estudio sobre el cohecho en las adquisiciones del sector público, debido a que las adquisiciones como lo mencionan, representan una porción tan grande de la actividad económica, el potencial que tiene el cohecho de dañar la economía de una nación es considerable.

El  tema  de  las adquisiciones de los gobiernos configura como  uno de los sistemas administrativos más importantes, la finalidad de los estados debe ser regular  y supervisar las adquisiciones y contrataciones de las entidades públicas, así como velar por el cumplimiento y la difusión de la normatividad, requieren para su funcionamiento bienes y servicios, y para ello existe la normatividad aplicable, esto para evitar que se dé una “practica” no apegada a la normatividad y salga el cohecho a relucir.

Para tal efecto aquellas personas que quieran participar como proveedores  de los gobiernos deberán atender al marco legal en su  artículo 134 de la  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde nos habla que dice que  «las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes”

La jerarquía Normativa de una Licitación es la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento.

Cabe resaltar que antes de decidir que comprar, a quien, cómo y cuándo, el Gobierno está obligado a tener una partida presupuestaria previamente aprobada.  En esta partida presupuestaria el Gobierno programa que comparará y cuanto gastará. El Gobierno no elige a sus socios elige a sus proveedores que le presenten ofertas técnica, legal y económicamente solventes.

Dentro de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios de Sector Público,  dicta que, la Secretaría de Economía y la Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, estarán facultadas para interpretar esta Ley para efectos administrativos y  para el correcto cumplimiento de esta ley, así mismo Secretaría de Economía dictará las reglas que deban observar las dependencias y entidades, derivadas de programas que tengan por objeto promover la participación de las empresas nacionales, especialmente de las micro, pequeñas y medianas.

No hay que olvidar que el desarrollo de los estados depende de las iniciativas que los gobiernos tengan, los planes,  los programas, los proyectos de desarrollo de largo y corto plazo,  el  ejecutivo debe  responder adecuadamente a las exigencias de  toda la población,  esto  deberá de llevarse a cabo con probidad, eficacia,  participación ciudadana y verificar que donde se de la participación ciudadana como es en este caso ante todo se garantice la transparencia.

Este ejercicio  de participación con proveedores y  los  gobiernos debe  responder  siempre a dejar  de lado los diseños de licitaciones para dar ventajas a determinados contratistas, para excluir a otros, o para no favorecer a nadie a priori,  ya que esto será un elemento clave de la transparencia de la gestión pública, y determinará  en buena medida el grado de compromiso y eficiencia de los gobiernos en el tema de actividades económicas dentro de cada Entidad.

Los contratos no pueden ser  utilizados para premiar y fortalecer  o para pagar favores,  ya que esto conduce generalmente a mala calidad de las obras e ineficacia de la inversión pública, el compromiso de la licitación es garantizar el mejor servicio de la obra pública y al menor precio.

La Secretaría de la Función Pública a través de un sistema de consulta  gratuita llamado COMPRANET  constituye el medio por el cual se desarrollarán procedimientos de contratación que realizan las Entidades y Dependencias de la Administración Pública Federal y de las Entidades Federativas que manejan recursos federales.

Aquellos gobiernos que obran para el crecimiento y desarrollo económico establece garantías para la población y estos vienen a cumplir con uno de los más urgentes compromisos sociales,   a su vez estas  empresas emprendedoras que nacen de las entidades y tiene la iniciativa de coadyuvar con este progreso, les permitirá tener una  competencia económica  y asegurará que cada persona perteneciente a esta empresa se beneficie de este crecimiento.

 Por tal motivo la transparencia en las licitaciones,  adquisiciones y contratos es fundamental para que no se afecte ese desarrollo sustentable en la eficiencia económica y liberar los factores de preocupación del ente público ante las instituciones gubernamentales, así mismo estas  tendrán el compromiso de prestar especial atención en la regulación y el control del servicio y dar muestra de la capacidad institucional frente a estos temas.

Los servidores públicos deben de conocer a fondo las leyes que regulan las adquisiciones, pero también deben de conocer la Ley de Responsabilidades, pues no aplicar las leyes, o “hacer tratos” fuera de la Ley, al final del camino, siempre se conoce.

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