La importancia del intercambio de padrón de inhabilitados Federación-Estados
NORMA JULIETA DEL RÍO VENEGAS
La inhabilitación en el servicio público constituye una pena administrativa aplicada a las y los servidores públicos por haber cometido una falta grave establecida en la Ley de Responsabilidades y que se sanciona con separar por un tiempo determinado de la función pública en cualquier ámbito al servidor público que la cometió.
Pero la aplicación de una inhabilitación para ejercer cualquier cargo en la Administración Publica en sus tres órdenes de Gobierno, trasciende siempre en la vida personal, eso es lo que más pesa, la sanción moral de la sociedad.
Esta semana la Secretaria de la Función Pública a cargo de Julián Olivas, dio a conocer que en lo que va del Sexenio, ha suspendido, sancionado e inhabilitado a 26 funcionarios por cada día, uno por hora, siendo un total a la fecha de 15 mil 323 servidores públicos sancionados.
Según datos dados a conocer por la Secretaría de la Función Pública, las sanciones económicas ascienden a 3 mil millones de pesos, y que de acuerdo a investigaciones concluidas de 2013 y lo que va al mes de junio de este año, encontró elementos para inhabilitar a 3 mil 329, suspender a 4 mil 516 e imponer una sanción económica a mil 10 trabajadores de diversas dependencias, El resto de los castigos aplicados se da como amonestación privada o pública.
Después de concluidos los procedimientos, el informe nos dice que personal de prácticamente todas las dependencias federales han tenido al menos una amonestación privada por irregularidades en los procesos de adquisición, administración o adjudicación de contratos.
La Policía Federal es la dependencia con el mayor número de funcionarios sancionados con dos mil 387; pero la que acumula el monto más alto de sanciones económicas es la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), el IMSS y Pemex son instancias con bastantes sanciones, se ha inhabilitados a la fecha 61 por ciento respecto a la cifra de 2013.
Del total de sanciones económicas en dos años, 2013 acumula 65 por ciento y 2014 el 54 por ciento.
Que importante es el registro de servidores públicos con el que cuenta la SFP de acuerdo a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, donde se puede obtener la constancia de NO inhabilitación para quien pretende contratar a una persona, y esta se obtiene a través de un sistema electrónico, fácil, ágil y sencillo.
Hace un par de días, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y la Secretaría de la Función Pública (SFP) firmaron un convenio de colaboración, para intercambiar información sobre los servidores inhabilitados para desempeñarse en el servicio público y garantizar que los aspirantes a los cargos de responsabilidad, no hayan sido objeto de sanción.
El Gobierno Federal suscribe convenios con las Entidades Federativas para el intercambio de información que permite conocer servidores públicos que se encuentran inhabilitados, pues es muy coincidente que cuando se inhabilita en alguna entidad a un servidor público, este recurra a otras entidad a laborar, de ahí la importancia de este intercambio, es una obligación de quien va a contratar consultar si el servidor público no se encuentra con esta suspensión, verificando así que cuente con los principios constitucionales de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia y se le solicite la constancia de no inhabilitación, por cierto, este es un documento obligatorio para ingresar a laborar en el Gobierno Federal, no así en algunas Entidades Federativas, que después de contratar, se sabe que fueron inhabilitados en otros estados, violentando convenios y Ley de Responsabilidades.
Pero más allá de eso, se debe de cuidar que no se ingrese a este tipo de personas al servicio público pues si cometieron una falta grave en otra entidad, con mucha facilidad puede suceder en el estado contratado afectando intereses presupuestarios.
De mucha importancia entonces resulta el mensaje de Olivas Ugalde y su interés por transparentar el ejercicio gubernamental, por lo que a través de acuerdos signados como en el cado del Tribunal , garantiza que se actuara con estricto apego a lo que dicta la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para evitar la selección, contratación, nombramiento o designación de quienes se encuentran impedidos para desempañarse en puestos públicos en los tres órdenes de gobierno.
Así que ojala sea una práctica en nuestros gobiernos la consulta al registro de inhabilitados en otras Entidades y en el Gobierno Federal, pues en ocasiones de un Estado a otro, se suelen filtrar.