IEEZ verifica cumplimiento de paridad de género y cuota de joven en candidaturas

Guadalupe, Zac.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) verificó el cumplimiento a los criterios para garantizar la paridad de género y cuota joven, por el partido político Morena, en las candidaturas a diputados por el principio de mayoría relativa.

En sesión extraordinaria, el Consejo General hizo efectivo el apercibimiento realizado mediante Acuerdo ACG-IEEZ-035/VI/2016 al Partido Político Morena, y en consecuencia se le amonestó públicamente de conformidad con lo dispuesto por el artículo 142, numeral 2 de la Ley Electoral.

En el mismo sentido, el Consejo General aprobó el Acuerdo en el que también se verificó el cumplimiento de la cuota joven y paridad de género en las candidaturas, por la coalición Unidos por Zacatecas, así como por los partidos políticos: Acción Nacional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Movimiento Ciudadano, Morena y Encuentro Social, respectivamente, en las candidaturas a Ayuntamientos por el principio de mayoría relativa y representación proporcional.

Sin embargo, la coalición Unidos por Zacatecas, así como los partidos políticos: de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano, deberán rectificar las solicitudes de registro de candidaturas en el plazo de 24 horas contadas a partir de la aprobación del presente Acuerdo, a efecto de cumplir con la cuota joven.

Asimismo., el Consejo General determinó que la coalición Unidos por Zacatecas y el Partido Movimiento Ciudadano, deberán rectificar las solicitudes de registro de candidaturas en el plazo de 24 horas contadas a partir de la aprobación del presente Acuerdo, a efecto de cumplir con el principio de alternancia.

Además, se tiene a la coalición Unidos por Zacatecas por cumplido el requerimiento respecto a los criterios de paridad cualitativo y cuantitativo de las candidaturas a Ayuntamientos por el principio de mayoría relativa.

También se tiene al Partido del Trabajo, por cumplido el requerimiento respecto al criterio de paridad cuantitativo y cualitativo de las candidaturas a Ayuntamientos por el principio de mayoría relativa.

Al partido político Movimiento Ciudadano se le tiene por cumplido el requerimiento respecto al criterio de paridad cualitativo de las candidaturas a Ayuntamientos por el principio de mayoría relativa.

El Consejo General determinó que el partido político Morena, deberá rectificar las solicitudes de registro de candidaturas en el plazo de veinticuatro horas contadas a partir de la notificación del presente Acuerdo, a efecto de cumplir con los criterios cualitativos para garantizar la paridad en las candidaturas, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo se le impondrá una amonestación pública en términos de lo previsto en el artículo 142, numeral 2 de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas,.

Además de que este órgano superior de dirección procederá a hacer la revisión conforme a lo estipulado en la sentencia de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación SM-JDC-3/2016 y con los datos objetivos con los que cuente esta autoridad electoral.

Por último, el Consejo General del IEEZ, aprobó las modificaciones a los anexos de las resoluciones RCG-IEEZ-036/VI/2016 y RCG-IEEZ-037/VI/2016.

LNY/Comunicado

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