Facturas de compra son información pública y deben estar disponibles en portal de transparencia
Zacatecas, Zac.- En sesión ordinaria, el Pleno del Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IZAI), resolvió seis recursos de revisión en contra del Ayuntamiento de Zacatecas, uno en contra de la Secretaría de Infraestructura (Sinfra) y otro contra el Ayuntamiento de Sombrerete.
Bajo la ponencia de la comisionada presidenta Julieta del Río Venegas, se analizaron recursos de revisión interpuestos en contra del Ayuntamiento de Zacatecas, debido a que el sujeto obligado no presentó la información solicitada aún tras haber requerido una prórroga para emitirla.
El ciudadano solicitó conocer el padrón de proveedores del Ayuntamiento de Zacatecas a los cuales se les haya hecho alguna compra por algún producto o servicio durante la presente administración, con el desglose de la situación en la que están y de las facturas que hayan sido por montos superiores a 50 mil pesos.
Tras solicitar una prórroga, la unidad de transparencia del ayuntamiento entregó un oficio de la Secretaría de Administración Municipal en el que se mencionaba que la información referente a proveedores pertenecía a otra área, por lo que no podría entregarla, sin embargo, no realizó una búsqueda exhaustiva con el resto de las áreas que integran al municipio.
Del Río Venegas recordó que el artículo 100 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Zacatecas, establece que las unidades de transparencia deben turnar las solicitudes a las áreas que correspondan con el fin de garantizar el acceso, por lo que el ayuntamiento debió reunir la información para responder a la solicitud.
Durante su ponencia, la comisionada presidenta rectificó que la información solicitada es de interés público por tratarse del erario y por lo tanto debería incluso encontrarse publicada en el portal de transparencia del sujeto obligado. Se instruyó para que en un plazo de cinco días hábiles se reúna la información y se entregue al Instituto, quien dará vista al ciudadano para que manifieste su conformidad.
Posteriormente, se resolvieron dos recursos más interpuestos ante el mismo ayuntamiento, con características similares a los anteriores.
En esta ocasión la inconformidad se interpuso luego de que el sujeto obligado emitiera su respuesta incompleta: un oficio de la Secretaria de Administración Municipal en el que afirmó que no le corresponde la información sobre cuánto se ha gastado de combustible ni cuánto aún está pendiente por pagar.
Del Río Venegas citó el artículo 2 de la Ley de Transparencia, el cual menciona que se debe proveer lo necesario para que todos puedan acceder a la información pública, por lo que el Pleno ordenó al sujeto obligado modificar su respuesta y complementar de manera precisa dicha información.
Acerca de los regidores, el ciudadano requirió conocer sueldos y percepciones, además del currículum de cada uno y comprobante de su último grado de estudios; a qué partido pertenecen, cuáles han sido sus gestiones y resultados de éstas, y finalmente una lista de las personas que han sido beneficiadas por su apoyo, así como descripción de los apoyos.
El recurso se generó cuando el Ayuntamiento entregó información parcial a través de su respuesta al ciudadano, en la que omitió las gestiones que han efectuado los regidores así como sus propuestas, entrega de beneficios y acciones en beneficio del ayuntamiento y la ciudadanía. Por esto se le instruyó reunir la información faltante a fin de entregarla al Instituto, quien dará vista de ella al solicitante.
El ciudadano se inconformó, ya que el enlace brindado por el Ayuntamiento no le permitía acceder a las versiones públicas de las solicitudes de empleo, situación que fue corroborada por el proyectista. Por lo que el Pleno determinó revocar la respuesta y dio como plazo 5 días hábiles para que el sujeto obligado entregue la información.
Con la ponencia del comisionado José Antonio De la Torre, fue sobreseído el recurso en contra del Ayuntamiento de Sombrerete, luego de que complementara información acerca de oficios de autorización a un servidor público.
En el último de los recursos, el Pleno resolvió sobreseer la inconformidad en contra de la Sinfra expuesta por la comisionada presidenta del IZAI, luego de que el sujeto obligado complementara información.
LNY/Redacción