Exhorto para la reorganización de centros penitenciarios
Zacatecas, Zac.- El diputado Juan Mendoza Maldonado (PRD), presentó una iniciativa de punto de acuerdo, para exhortar al titular de la Secretaría de Seguridad Pública, para que a través de la dirección general de Prevención y Reinserción Social, se lleve a cabo la reorganización de los centros penitenciarios.
El legislador local argumenta que teóricamente la sobrepoblación y hacinamiento de reos en los centros penitenciarios propicia la corrupción, el consumo de drogas y alcohol, la prostitución, el enfrentamiento entre internos o entre grupos rivales, pero sobretodo, el sobrepoblación carcelaria eleva los riesgos de fuga de reos.
Reconoce que en Zacatecas el sobrepoblamiento en los ceresos no es un problema, ya que en nuestra entidad el sistema penitenciario no padece hacinamiento ni sobrepoblación contando tan solo con un 53.50 por ciento de ocupación carcelaria, por lo que resulta absurdo, apenas creíble, lo acontecido en el centro penitenciario de Calera estos últimos días, donde ingresaron dos individuos con suma facilidad, sin resistencia o vigilancia alguna, y sacaron a la calle a diez reos más, no obstante que uno de los sujetos que ingresó había sido recluido en el penal de Cieneguillas en ocho ocasiones, una de ellas por robo calificado.
Es impostergable, asegura, un nuevo rediseño administrativo y de control de nuestras cárceles del estado que evite la fuga de más reos en el corto plazo, se pronuncia porque la Dirección General de Prevención y Reinserción Social, comience a implementar un proceso de reorganización consistente en una nueva distribución regional de los centros penitenciarios a efecto de optimizar los recursos en beneficio de los propios reclusos.
Propone en su iniciativa que se instrumenten eficientes programas de capacitación para el trabajo, nuevos proyectos sobre mejoramiento de la salud y educación así como novedosos programas deportivos y culturales para los internos, que hagan realidad las premisas contenidas en el artículo 18 constitucional y el párrafo segundo del artículo 81 de la Ley del Sistema Penitenciario y de Ejecución de Sanciones del Estado, que dispone claramente que la infraestructura penitenciaria debe permitir la realización de actividades con seguridad, dignidad y optimización constructiva.