En Chalchihuites urge capacitación a policías preventivos: CDHEZ

Zacatecas, Zac.- Por actos violatorios de derechos humanos, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) turnó una recomendación a Alfonso Estrada Hernández, presidente municipal de Chalchihuites, y a los mandos de seguridad pública municipal.

La investigación por parte de la CEDH inició de oficio al enterarse a través de los medios de comunicación, que el pasado 15 de junio de 2011, que un hombre se había quitado la vida colgándose de uno de los barrotes de celda en donde, minutos antes, había sido recluido”.

La información con la que contaba la Comisión refería que al mediodía, tras un escándalo en el centro de esta población, elementos de la Policía Municipal acudieron para pedirle que moderara su reaccionar, sin embargo, en la madrugada, el sujeto comenzó a agredir a la población y fue remitido a los separos  en la casa de justicia. Se supo que fue necesario utilizar la fuerza para someter al agraviado, el cual estaba fúrico y agresivo por las sustancias que había ingerido.

La investigación realizada por la CEDH concluyó que fue justificada la detención del agraviado, sin embargo, se violaron sus derechos humanos al ser trasladado a los separos preventivos y no haber sido puesto a disposición del juez comunitario de ese municipio, a quien compete administrar la justicia.

Además, por el ejercicio indebido de la función pública a través de la insuficiente protección de personas que sufrió el agraviado, al no prestársele la vigilancia y protección debida, al encontrarse en el área de separos, máxime cuando los mismos agentes policiacos argumentaron que se encontraba en estado de ebriedad y muy alterado, aunado al desconocimiento de la legislación vigente por parte de quien debiera cumplirla, tomando decisiones que solamente le corresponden a otra autoridad.

Es así que la CEDH emite la recomendación al alcalde en su carácter de superior jerárquico, y como medida preventiva para que gire instrucciones a quien corresponda, con el fin de que los elementos adscritos ala Direcciónde Seguridad Pública de ese municipio sean capacitados en el conocimiento de sus atribuciones, así como en materia de Derechos Humanos.

Se solicita también al alcalde gire instrucciones al órgano de control interno o a quien legalmente corresponda, para que inicie el procedimiento administrativo de responsabilidad, a efecto de que se impongan las sanciones a que se hayan hecho acreedores los servidores públicos implicados, acorde a su grado de participación en los hechos violatorios de derechos humanos.

Asimismo, ordene a quien corresponda y le dé seguimiento a las modificaciones estructurales que se deben realizar en las instalaciones de los separos preventivos de ese municipio, y se realicen las acciones necesarias tendientes a que cuando se encuentren detenidos el personal preventivo encargado de su custodia mantengan vigilancia permanente de los detenidos.

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