El TEPJF rechaza “candado” a independientes en Zacatecas

Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que es inconstitucional el requisito de que las firmas autógrafas de quienes respaldan una candidatura independiente se hagan constar mediante fe de hecho notarial, y que la copia de sus credenciales para votar con fotografía sean cotejadas con su original por fedatario público.

De esta manera, el TEPJF rechazó el requisito que impuso la legislación de Zacatecas a los candidatos independientes y determinó que no se apega a la regularidad constitucional.

En la tesis bajo el rubro “Candidaturas independientes. La norma que exige acreditar el respaldo ciudadano a través de instrumentos notariales, es inconstitucional (Legislación de Zacatecas)”, se determinó que este requisito no es proporcional, porque impide a los candidatos independientes contender en los procesos electorales en igualdad de condiciones por la dificultad que implica su cumplimiento.

En este sentido, se razona que el requisito en cuestión implica la movilización masiva de los ciudadanos que deben acudir ante el notario público a expresar dicho respaldo, con lo cual se obstaculiza el derecho de acceder a las candidaturas independientes y la participación ciudadana en la vida democrática del país.

Al remover requisitos innecesarios, el TEPJF consideró que establece una arena igualitaria en la contienda electoral y fortalece las candidaturas independientes.

LNY/Redacción

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