Casos de máximo interés conocer la situación de derechohabientes Infonavit
JULIETA DEL RÍO VENEGAS
En nuestro país existen más de 56 millones de derechohabientes cuyas prestaciones sociales están garantizadas, entre otras instituciones del Estado, por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
Desde 1972, este organismo permite que las personas adquieran crédito para tener una vivienda propia, pagar una hipoteca o incluso comprar un terreno para construir. Gracias a un modelo tripartita donde participan las y los trabajadores, el sector empresarial y el gobierno, el Infonavit es fundamental para que las personas ejerzan su derecho a la vivienda.
Dada la amplia cobertura y relevancia, la ciudadanía tiene dudas sobre cómo opera este Instituto, sus programas, mecanismos y resultados. El derecho de acceso a la información por tanto resulta un aliado para ello, pues permite interponer solicitudes de información directamente a las autoridades, incluido el Infonavit. Por ejemplo, en la Plataforma Nacional de Transparencia existen 27 mil 459 registros de solicitudes relacionadas con la dependencia.
Si una solicitud de información no es respondida por una autoridad federal de la manera que la ciudadanía necesita, se puede interponer una queja ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Como comisionada del INAI, en las últimas semanas he resuelto asuntos específicos en contra del Infonavit que reflejan la importancia del trabajo que realizamos. El INAI es órgano autónomo especializado que analiza caso por caso, siempre priorizando la apertura de la información pública, la transparencia y la rendición de cuentas.
Por un lado, ¿cuál es el criterio utilizado por el Infonavit para clasificar un crédito como “deuda impagable”? ¿Qué acciones puede implementar un derechohabiente si detecta que su deuda es de este tipo? ¿Existen opciones de reestructuración?
Por otro lado, ¿cuántos derechohabientes fallecidos —que solicitaron o no un crédito hipotecario y que mantenían un saldo positivo en su subcuenta de vivienda—, no han tenido sus saldos reclamados? ¿Quién está autorizado para reclamar los saldos de un derechohabiente fallecido? ¿Cómo maneja el nfonavit esos fondos no reclamados?
Ante estas preguntas, el Infonavit no realizó correctamente el procedimiento de búsqueda de la información en sus unidades administrativas y entregó datos parciales. Por ello, en el INAI modificamos su respuesta e instruimos a que entregue la información completa a la sociedad en un plazo no mayor a 10 días hábiles.
Responder correctamente a las preguntas y transparentar la información requerida es fundamental para que las personas conozcan las opciones con las que cuentan y no se ponga en riesgo su crédito por presentar algún atraso en los pagos. Pueden existir diversas problemáticas asociadas con ello como quedarse sin empleo, ser víctima de un delito, una incapacidad, entre otras.
Además, las personas deben saber que, si son beneficiarios designados de una persona fallecida con recursos en el Infonavit, tienen derecho a reclamarlos bajo ciertas condiciones. Esto refuerza la importancia de que la ciudadanía, a través del ejercicio del derecho a saber, conozca la información de este Instituto de Seguridad Social.
De igual manera, si alguien tiene dudas sobre cómo acceder a su Número de Seguridad Social y preguntar a instituciones públicas diversas cuestiones relativas a ello, en el Centro de Atención a la Sociedad (CAS) del INAI podemos ayudarles. En el INAI estamos para atenderles.
X: @JulietDelrio