Autoridad ambiental clausura proyecto carretero en Zacatecas; sancionará a la SCT

Zacatecas, Zac.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró el proyecto carretero Teúl de González Ortega-Juchipila, en el kilómetro 0+000 al 31+000 en Zacatecas, por carecer de permisos de impacto ambiental y cambio de uso de suelo en terrenos forestales de la Semarnat.

En un comunicado, se informó que las inspecciones en materia de impacto ambiental y de cambio de uso de suelo de terrenos forestales fueron realizadas por personal de la delegación de la Profepa en la entidad, donde constó que en el lugar de la construcción existe una ampliación del camino original.

Refirió que dicha ampliación tiene una anchura promedio de siete metros, lo que afectó una superficie total de 10 mil 500 metros cuadrados de suelo en terreno forestal.

Se observó la construcción de obras de drenaje, movimiento de tierras y traslado de vegetación forestal, y entre la vegetación removida se encuentran algunos ejemplares de huizaches aislados.

Los inspectores solicitaron a los responsables del proyecto carretero, las autorizaciones en materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo en terrenos forestales, pero durante la diligencia no se exhibieron los citados documentos.

La Profepa procedió a imponer la clausura total temporal de las obras y actividades del proyecto, como medida de seguridad, así como el aseguramiento de la maquinaria utilizada,  con fundamento en el artículo 170, Fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Además, se iniciará procedimiento administrativo en contra del Centro SCT de Zacatecas.

Mientras que por carecer de autorización en materia de cambio de uso de suelo, de conformidad con el artículo 161 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, se impuso como medida de seguridad la suspensión total temporal de todas las actividades de remoción de vegetación forestal.

El Centro SCT en Zacatecas solicitó a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) la exención de la presentación de la manifestación ambiental para el proyecto, pero dicho trámite se declaró no procedente.

En el documento citado, la Semarnat señala al Centro SCT en Zacatecas que para la realización de las actividades descritas en la visita practicada, se requiere la remoción de vegetación forestal, y que las obras y actividades del proyecto no se ubiquen en los supuestos del artículo 6 del Reglamento de la ley en materia de evaluación del impacto ambiental.

Por ello, se requiere la presentación de una manifestación de impacto ambiental, además de encontrarse dentro del Área Natural Protegida (ANP) denominada Cuenca Alimentadora del Distrito de Riego 043 estado de Nayarit, con categoría de manejo «Área de Protección de Recursos Naturales».

Cabe destacar que la construcción de la carretera fue licitada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (sct) y la está llevando a cabo la empresa denominada Obras y Concretos de la Vía Terra.

La sanción económica a la que podrían hacerse acreedores quien realice obras y actividades de competencia federal sin contar con la autorización de impacto ambiental puede alcanzar de 30 hasta 50 mil Unidades de Medida y Actualización, de acuerdo a lo establecido en el artículo 171, fracción I, de la ley.

LNY/Redacción

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