Aprueba IEEZ, listado de bienes muebles que serán desincorporados del inventario
Guadalupe, Zac.- Los consejeros electorales, presidentes de las diferentes Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), en sesión ordinaria, rindieron un informe de las actividades que se llevaron a cabo en el presente año, en los cuales se destacaron las actividades relevantes del Proceso Electoral 2017 – 2018.
Además, se aprobó el informe financiero correspondiente a octubre del ejercicio fiscal 2018, mismo que se integra por el Estado de Situación Financiera; el estado de actividades; así como el estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos detallado.
El informe financiero aprobado, el cual se remite a la Legislatura del Estado y a la Secretaría de Finanzas, cumple con las características señaladas en el artículo 19, numeral 3 de la Ley Orgánica y en la Ley de Contabilidad Gubernamental.
Por otra parte, en sesión extraordinaria, el Consejo General del IEEZ aprobó el listado de bienes muebles para su desincorporación del inventario del Instituto, así como el procedimiento para tal efecto con base en el dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles e Inmuebles, Contratación de Servicios y Desincorporación de Bienes del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas.
De acuerdo con el artículo 81 del Reglamento para la Administración de los Recursos del Instituto Electoral, establece que los bienes muebles propiedad de la autoridad administrativa electoral local, podrán ser dados de baja a través del procedimiento de desincorporación que proponga el Comité, y que apruebe el Consejo General del Instituto Electoral.
Así, en términos de lo establecido en el artículo 82 del Reglamento para la Administración de los Recursos del Instituto Electoral, la Dirección Ejecutiva de Administración cuantificará el costo de los bienes a desincorporar y solicitará al Secretario Ejecutivo dé fe de las características y condiciones en las que se encuentren para que sean desincorporados. Asimismo, remitirá al Comité la relación de bienes no útiles a fin de que determine lo conducente.
Es por ello que el Secretario Técnico del Comité de Adquisiciones, mediante oficios hizo del conocimiento al Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral la relación que contiene los bienes muebles y equipo de cómputo que, por sus características o condiciones físicas de inutilidad, daño u obsolescencia, no son susceptibles de brindar utilidad alguna que permita satisfacer las necesidades de las áreas del Instituto Electoral, para que certificara las características y condiciones en las que se encontraban dichos bienes.
Asimismo, la Dirección Ejecutiva de Administración, en ejercicio de sus funciones, hizo del conocimiento al Comité de Adquisiciones las condiciones en las que se encontraban los bienes muebles y equipo de cómputo, los cuales, por sus condiciones físicas de inutilidad, daño u obsolescencia, no son susceptibles de brindar utilidad alguna que permita satisfacer las necesidades de las áreas del Instituto Electoral, toda vez que concluyeron su vida útil.
Por lo anterior, el Comité en uso de sus atribuciones, y tomando en consideración las referidas condiciones de los bienes muebles y equipos de cómputo, determinó proponer a este Consejo General, la desincorporación de estos, a través del procedimiento de destrucción.
LNY/Redacción