Aprueba Consejo Universitario Metodología para Campañas Electorales

Guadalupe, Zac.- En Sesión Extraordinaria, realizada en el Auditorio “José Huerta Peña” de la Unidad Académica de Odontología, el Consejo Universitario aprobó por consenso la Propuesta de Metodología para las Campañas Electorales del actual proceso ordinario en la UAZ, cuya jornada se celebrará el 09 de mayo próximo (excepto semiescolarizado, que será el día 05 del mismo mes).

El documento  fue elaborado por la Comisión Electoral Universitaria (CEU),  acorde a lo estipulado en el Artículo 121 del Estatuto General y en la Sección II (“De las Campañas Electorales”) del Reglamento General de Elecciones de la Universidad Autónoma de Zacatecas.

Ambas disposiciones “establecen claramente los límites y prohibiciones a que nos debemos sujetar los universitarios, tanto en el periodo previo a las campañas, como en el de las campañas mismas, hasta la conclusión total de los procesos electorales”, conforme el planteamiento de la Comisión.

Tras la discusión y análisis, el máximo  órgano de decisión de la UAZ avaló en lo general el documento, en el que se describen de manera puntual las acciones permitidas (en 8 puntos)  y no permitidas (en otros 8), las cuales deberán  ser observadas por los candidatos a autoridades unipersonales,  así como para formar parte de los órganos colegiados académicos y de gobierno.

Al dar lectura a la propuesta, se recalcó el comportamiento ejemplar que han tenido los universitarios en este proceso: “Es digna de reconocimiento la conducta ejemplar que, al respecto, y hasta el momento, ha observado la comunidad universitaria en general y los candidatos cuyo registro se encuentra en proceso de dictamen. Esperamos que esta actitud, digna de los universitarios, habrá de continuar hasta la conclusión del proceso electoral”.

De lo permitido y no permitido

De acuerdo con la Metodología de Campaña aprobada, no está permitido ningún  “acto anticipado de promoción propagandística personal por cualquier medio interno o externo a la UAZ, por sí o por interpósitas personas”. Se establece que el periodo de campaña  se desarrollará a partir del 16 de abril y hasta las 24 horas del día 30 del mismo mes.

De la misma manera, se precisa que “durante la etapa previa a las campañas propiamente dichas, el libre ejercicio de las libertades y los derechos universitarios no tendrá como objetivo la promoción de personas específicas para construir, en su beneficio, de manera explícita e implícita, ningún tipo de candidaturas”.

Tampoco se podrá hacer uso de recursos externos, en efectivo o en especie, provenientes de cualquier instancia pública o privada, para beneficiar a cualquier candidato a un puesto de elección dentro de la Universidad. Asimismo, ningún universitario podrá hacer uso de recursos, infraestructura o espacios no autorizados legalmente por la Institución para los procesos electorales.

Igualmente, queda prohibido  que los candidatos –por sí mismos o por interpósitas personas– contraten algún espacio en los medios masivos de comunicación (televisión, prensa escrita, radio e internet),  con el mismo fin. “Tampoco podrán utilizar espacios externos a la UAZ con idénticos propósitos”.

Pero durante los tiempos de campaña los candidatos registrados y aprobados “se podrán promover por todo los medios lícitos”,  siempre y cuando los espacios en dichos medios no tengan costo alguno y tengan como propósito promover la imagen y las ideas programáticas de los aspirantes.

Asimismo, se advierte que para el uso de la comunicación vía internet (correos electrónicos, mensajería instantánea, chats y redes sociales), está restringido el uso de recursos institucionales, tales como equipos de cómputo, dominio web y cuentas de correos electrónicos proporcionados por la misma Universidad.

Además de no permitir el otorgamiento y/ promesas de dadivas, en dinero o en especie, o cualquier otro tipo de beneficio (como ofrecer promoción laboral), en la Metodología de las Campañas Electorales en la Universidad se prohíbe que los universitarios, “de manera especial a sus autoridades, profesores y funcionarios de cualquier nivel, sus representantes o terceros”, hagan uso del amago, la amenaza, el chantaje o las promesas de  aprobación de cursos, por ejemplo, con la intención de obtener el voto para alguno de los candidatos.

Se encuentra, además, la prohibición para usar símbolos, himno y emblemas institucionales en actividades proselitistas, tanto personales como de planilla o grupo, lo mismo que realizar “actos internos y externos a la Universidad que denigren el buen sentido de ésta y sus tareas sustantivas”. Y conforme la normatividad universitaria, no se permitirán comidas, bailes y consumo de bebidas embriagantes, o actos similares.

También está prohibida la propaganda que calumnie o denigre a los otros contendientes o a sus colaboradores, “o que de manera inequívoca y notoriamente falsa, vaya en contra de la Institución para obtener de ello alguna mal habida ventaja electoral”.

Por otra parte, “bajo el principio de equidad, y en proporción a los recursos aplicables”, la Comisión Electoral otorgará en especie los gastos básicos de propaganda, como son reproducción y publicación de materiales que contengan síntesis del programa de trabajo o plataforma electoral de los aspirantes; además (cubrirá) “los gastos razonablemente erogados y fehacientemente comprobados de traslado y alimentación de los candidatos, así como la cantidad razonable de calcomanías”.

Finalmente, como responsable del proceso, la CEU organizará  y dará a conocer lugares y horarios de los debates para los candidatos a rector, a coordinadores de  consejos académicos de área y a directores de unidades académicas.

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