La puerta a la esperanza
ucía LUCÍA LAGUNES HUERTA *
Tres hechos en menos de 48 horas dan luz y abren la posibilidad de que la justicia sea justa para las mujeres: Hilda fue absuelta; se crea un protocolo para juzgar sin estereotipos y sin revictimizar a las mujeres, y la CNDH emite su recomendación número 32.
El común denominador es garantizar justicia para las mujeres, para las decenas de Hildas que siguen presas por aborto; las miles de Ana Marías que dan sus luchas cotidianas en juzgados civiles por una pensión y por dejar la violencia que ejercen sus parejas, y las cientos de Claras que esperan dejar de ser victimarias para ser reconocidas como víctimas.
Estos casos públicos son la punta del “iceberg” de cientos, miles de casos anónimos que en todos los rincones del país buscan el respeto a sus Derechos Humanos.
Los tres casos también tienen otro punto en común: son el reflejo de la condición desigual de poder que viven las mujeres respecto a los hombres y a un sistema de justicia que las criminaliza.
Cientos de estudios académicos han demostrado cómo el sistema de procuración y aplicación de justicia se ensaña con las mujeres, por romper el esquema de pasividad, abnegación y resignación.
Cómo quienes juzgan, sin importar el sexo, dan penas más altas a las mujeres que a los hombres por delitos cometidos en igualdad de condiciones.
Hasta la legítima defensa de las mujeres es condenada. Recordemos el caso de Claudia Rodríguez Ferrando, quien para defenderse de su agresor le disparó y la tardanza de los servicios médicos le provocaron la muerte.
En 1996 el juez Gustavo Aquiles Gasca, primero en tratar el caso de Claudia, consideró que el agresor “no pudo estar consciente de sus acciones, mientras que ella sí pudo haber evitado las suyas”.
El razonamiento de juez es claro: el agresor estaba alcoholizado, eso lo excusa, y ella no, se defendió y eso la incrimina.
Finalmente Claudia fue liberada de prisión, más no absuelta del delito, ya que el juez primero de lo penal de Texcoco, Carlos S. Cruz Preciado, consideró que la acción de Claudia era un “exceso de legítima defensa”.
Clara es hoy un ejemplo de cómo la justicia bajo la lupa de los estereotipos de género juzga a las mujeres, pues ella pese a vivir violencia física, psicológica, patrimonial y sexual, es acusada de corrupción de menores por que “permitió” –dice el juzgador– que su pareja, Jorge Antonio Iniestra, golpeara, violara y retuviera a sus dos hijas.
Por ello la importancia del Protocolo que dio a conocer la Suprema Corte de Justicia de la Nación para desalentar la revictimización y evitar que la creencia de quienes juzgan –de que si algo le pasa a las mujeres es porque ellas lo provocan– deje de ser la tónica en el proceso judicial. Y la justicia sea justa para ellas.
Reconocer que la violencia contra las mujeres es abuso de poder, cuyo propósito es ejercer el control, la dominación y la intimidación del otro, que atenta contra la dignidad, la integridad, la seguridad, la libertad y contra el derecho a la vida de las mujeres es fundamental, pues viniendo de una instancia cuyo deber es proteger los Derechos Humanos tiene resonancia.
Así lo dice la Recomendación 32/2013 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que al abordar el caso de Ana María Orozco, ex pareja del ministro Góngora Pimentel, advierte que el Ministerio Público no aplicó el principio “Pro Persona” ni la presunción de inocencia que marca nuestra Constitución.
La absolución de Hilda, quien fue condenada por el delito de aborto con la única confesión que el personal médico obtuvo bajo intimidación cuando la joven presentó una hemorragia, deja al descubierto la actitud persecutoria del personal médico contra las mujeres que acuden a los nosocomios en aquellas entidades donde se ha criminalizado la decisión de las mujeres.
Los tres hechos pasarán a la historia en el recuento de la búsqueda de justicia para las mujeres y abonan para acercar la justicia a una población que ha sido colocada al margen de ella, aunque su ícono sea femenino.
*Directora general de CIMAC.