Diputados de Zacatecas aprueban evitar saqueos, desfalcos y atropellos a las finanzas públicas

ma. de la luz dominguezZacatecas, Zac.- Hoy fue aprobado por unanimidad (22 votos) el dictamen de la Iniciativa de Ley de Entrega-Recepción del Estado y Municipios de Zacatecas, presentada por la diputada Ma. de la Luz Domínguez Campos, con la que se regirán los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Municipios, organismos autónomos, paraestatales y paramunicipales, esto con la finalidad de alcanzar la profesionalización y modernización de la administración pública basada en una nueva ética pública.

El dictamen aprobado implica que los servidores públicos salientes deberán entregar oportunamente los recursos materiales, financieros y humanos; así como la información y documentación sobre el estado que guardan los asuntos de su competencia que le hayan sido otorgadas para el desempeño de sus funciones.

La asamblea se manifestó por unanimidad a favor de que se destierre  para siempre la práctica común de cada fin de sexenio, trienio o periodo gubernamental, cuando algunos servidores públicos que han desempeñado un cargo, empleo o comisión, cometan prácticas oscuras, irregularidades, saqueos, desfalcos, desvíos, atropellos y endeudamientos con cargo a las instituciones públicas, lesionando la hacienda pública, el patrimonio público y consecuentemente a la sociedad en su conjunto.

Durante la discusión en lo particular, la diputada Georgina Ramírez Rivera, reservó los artículos tercero y quinto transitorios de la Ley de Entrega-Recepción del Estado y Municipios de Zacatecas, dichas propuestas fueron aprobadas.

La nueva redacción del  artículo tercero  de la  Ley de Entrega-Recepción del Estado establece lo siguiente: «Dentro del término de sesenta días hábiles, contados a partir del día siguiente del inicio de vigencia de esta Ley, La Secretaría de la Función Pública, los órganos de control interno de las dependencias u organismos y la Auditoría Superior del Estado, en el ámbito de sus competencias, expedirán el manual técnico de entrega recepción, los manuales de procedimientos, formatos y otras disposiciones administrativas. Aquellas disposiciones que a la entrada en vigor de la presente Ley resulten aplicables, se aplicarán hasta en tanto se actualice la reglamentación relativa al proceso de entrega recepción».

Por otra parte, se adicionó un artículo quinto en los siguientes términos: «Los Ayuntamientos, para el ejercicio constitucional que concluye en 2013, podrán hacer el corte de la información y documentación hasta el 13 de septiembre de 2013 y no al 31 de julio de 2013, en atención a la implementación de la Armonización Contable». 

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