Buscan diputados reformar estructura de comisiones
A la Comisión Legislativa de Estudios Legislativos y Prácticas Parlamentarias le fueron turnadas, durante la sesión ordinaria de la 60 Legislatura, para su estudio y dictamen, diversas iniciativas de reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo y su Reglamento General, que tienen que ver con cambios en las diferentes Comisiones Legislativas.
El dictamen valora diversas iniciativas presentadas tanto en la pasada LIX Legislatura, como de la actual, en virtud a lo establecido por el Artículo 56 de la Ley Orgánica, que señala que la comisión dictaminadora “podrá acumular aquellas iniciativas que versen sobre un mismo tema o que deban formar parte de un mismo cuerpo normativo, para emitir un sólo dictamen”.
Las iniciativas correspondientes a la LXI Legislatura fueron elaboradas por: Rafael Candelas Salinas, José María González Nava, Artemio Ultreras Cabral, Juan García Páez, Miguel Alonso Reyes, Jorge Luis Rincón Gómez y Arnoldo Alfredo Rodríguez Reyes.
Por parte de la LX Legislatura, las iniciativas corresponden a José Xerardo Ramírez Muñoz, Jorge Álvarez Máynez, Roberto Luévano Ruíz, Gregorio Macías Zúñiga, Juan Francisco Cuevas Arredondo y Blas Ávalos Mireles.
De aprobarse las iniciativas de Reforma, las comisiones legislativas quedarían integradas de la siguiente forma: I. Puntos Constitucionales; II. Gobernación; III. Vigilancia; IV. Jurisdiccional; V. Presupuesto y Cuenta Pública; VI. Hacienda Municipal; VII. Estudios Legislativos y Prácticas Parlamentarias; VIII. Desarrollo Económico; IX. Educación; X. Obras Públicas y Desarrollo Urbano.
Y seguirían: XI. Salud; XII, Seguridad Pública y Justicia; XIII. De la Niñez, la Juventud y la Familia; XIV. Derechos Humanos; XV. Desarrollo Social y Participación Ciudadana; XVI. Asuntos Electorales; XVII. Transparencia y Acceso a la Información Pública; XVIII. Comunicaciones y Transportes; XIX. Fortalecimiento Municipal; XX. Ciencia, Tecnología e Innovación.
Por último: XXI. Equidad entre los Géneros; XXII. Atención a Migrantes; XXIII. Ecología y Medio Ambiente; XXIV. Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; XXV. Agua y Saneamiento; XXVI. Cultura, Editorial y Difusión; XXVII. Función Pública, XXVIII. Turismo; XXIX. Atención a Grupos Vulnerables, y XXX. Cultura Física y Deporte.
Las comisiones legislativas se integrarán, por regla general, por tres diputados como mínimo, y máximo por cinco, uno con el carácter de presidente y los demás en calidad de secretarios. El presente decreto entraría en vigor el día 07 de septiembre de 2013.