Cuotas de Género no son regalo, son derecho de mujeres: Rey Martínez

Zacatecas, Zac.- Dentro de la conferencia Luces y Sombras de la última sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sobre las cuotas electorales de género, en el marco las actividades para conmemorar el XV Aniversario del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), el tema de la igualdad ante la ley y el respeto a los derechos político electorales de las mujeres fue abordado por Fernando Rey Martínez, coordinador del Programa de Estudios en Derecho Constitucional de la Universidad de Valladolid y asesor del Parlamento Español en materia de género.

Fernando Rey Martínez abordó la materia de género como uno de igualdad entre los derechos del hombre y la mujer, donde “esa igualdad beneficia a ambos sexos”.

Explicó que el tema de la igualdad, como una condición de la impartición de justicia, tiene como finalidad lograr una sociedad más humana. Actualmente, esa igualdad se encuentra enfrentada con el machismo, que es parte de la cultura mexicana y es también donde nace la visión de que la mujer sólo pertenece al espacio privado en el hogar, y no al entorno público.

En cuanto a la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mencionó que la cuestión de las cuotas de género han tratado de eludirse de dos maneras: Con el fenómeno de las Juanitas, y la redacción de la norma donde presupone que el cumplimiento de la división de candidaturas en 60 y 40 por ciento por género queda exceptuada cuando la repartición de espacios venga de un proceso democrático interno de designación de aspirantes a puestos públicos en los partidos políticos.

Recordó a su vez que el Tribunal Electoral realizó una interpretación teleológica para la aplicación de la regla del 60 – 40. Es así que los ministros no realizaron una lectura literal, sino la que favoreciera a los ciudadanos, según el objetivo que perseguía el legislador al dictaminar dicha norma.

En tono crítico preguntó: ¿qué son las cuotas de género y qué tan compatibles son con la Constitución? Ante esto explicó que el enfoque de algunos ministros a la hora de discutir la norma se respaldaba en que dicho elemento permitía la intromisión de la autoridad electoral en la vida de los partidos políticos. Mientras que en otro momento, en el Tribunal se discutió esa misma reforma con una visión de “discriminación positiva” o “acción positiva”, ante el trato jurídico diferente al grupo que se encuentra en desventaja, en este caso las mujeres.

Para destacar el entorno donde se encuentra el problema de esta desventaja entre géneros, Rey Martínez comentó que hoy en día la mujer se encuentra en una discriminación que resulta de la suma de los factores por los que se encuentra en desventaja a diferencia del sexo opuesto, los cuales resultan en una desigualdad jurídica y cultural de dimensiones graves, ya que no sólo en materia político electoral se encuentra marginada, sino también en sus derechos fundamentales.

El investigador profundizó que el problema democrático que atraviesa la sociedad mexicana es uno conocido como “déficit de ciudadanía”, ya que las mujeres no participan en la vida política al igual que los hombres, al tiempo que la cultura justifica mediante estereotipos el hecho de que las mujeres no deben de tomar decisiones políticas. Según el punto de vista del asesor español, es por este tipo de conductas y visiones culturales que el problema de fondo es poder conciliar la vida pública y privada de las mujeres.

El académico concluyó que mientras el hombre no entre en los espacios privados, la mujer entrará en menor cantidad en los espacios públicos. Invitó a los participantes que se puedan construir soluciones desde la familia y la sociedad, para superar los muchos obstáculos visibles e informales por los que las mujeres no acceden a los derechos que la Constitución les otorga.

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