Los derechos de papel

OSVALDO ÁVILA TIZCAREÑO

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, contiene los derechos y obligaciones de los ciudadanos del país, en 136 artículos y 19 transitorios se precisan las garantías individuales, derechos y obligaciones; además, se determina quién es el responsable de ejecutarlas y los mecanismos con los que cuenta el ciudadano para hacerlos efectivos. De cumplirse a cabalidad la ley, sin duda, existirían condiciones óptimas para la convivencia social y al mismo tiempo, se lograría un nivel mínimo de bienestar para la mayoría de los mexicanos.

Es urgente que lo anterior se haga efectivo, pues hoy vivimos un momento particularmente complejo, día a día la inmensa mayoría de los mexicanos ha constatado que crecen las problemas en todos los ámbitos, existe una terrible crisis de inseguridad que le cuesta la vida a centenas de mexicanos y se suman más de 150 mil muertos en actos violentos tan sólo en lo que va del actual sexenio; la inflación llega casi a dos dígitos y el precio de algunos productos resulta inalcanzable: el blanquillo cuesta más de 45 pesos, el aceite comestible más de 50 , las tortillas más de 22, el gas 700 y a pesar de la promesa de bajar el precio de la gasolina a diez pesos, hoy ronda los 23, lo que hace francamente inalcanzable la canasta básica; el desabasto de medicamentos en los hospitales públicos es histórico y a pesar de la promesa reiterada de resolverlo, se alega incapacidad para la distribución, pues según los medicamentos existen en bodega y para colmo de los males no solo no resuelven, sino que hace algunas semanas, el Presidente Andrés Manuel  y su funcionario estrella Hugo López Gatell, iniciaron una cruzada contra las llamadas “farmacias similares” que son las únicas a las que tiene acceso la población; la ausencia de servicios de calidad como el agua entubada, la energía eléctrica, la pavimentación de calles o carreteras dignas; son el resultado de la política centralista que ha desaparecido programas como el ramo 23 o el 3×1 y así podríamos seguir sumando los males que vivimos, pero baste decir que resulta francamente inconcebible tal circunstancia, pues existe el marco legal que daría pie a una situación distinta, se requiere con urgencia acompasar lo estipulado en la Carta Magna con la realidad diaria, baste traer a cuenta algunos de los artículos para constatar la terrible incongruencia, veamos:

Art. 3. Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.

Como puede verse existe el marco legal que proporciona el derecho e incluso se habla del carácter obligatorio de la instrucción hasta el nivel medio superior, pero no es la ausencia de normativa lo que impide prepararse, sino precisamente la carencia de recursos económicos para adquirir libros, uniformes, materiales didácticos y en el peor de los casos, incluso, la carencia de recursos para alimentación y aunque legalmente está prohibido el trabajo infantil, en los hechos muchos estudiantes abandonan las aulas para trabajar y aportar al ingreso familiar. Sigamos.

Art. 4. Toda persona tiene derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará.

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

Siempre me ha causado inquietud lo estipulado en el artículo 4, pues en él se contempla; la igualdad de hombres y mujeres, el derecho a tener hijos, a la alimentación plena, el derecho a la salud, los derechos ambientales, la promoción del deporte, el derecho a pensión de la gente con capacidades diferentes,  los derechos de la niñez, el derecho a la cultura y por si fuera poco se enmarca el derecho a la vivienda.

Resulta paradójico que se enumeran los derechos, pero como en muchos otros casos no se precise cómo materializarlos, sobre todo el que tiene que ver con la vivienda, a efecto de poner en evidencia el tamaño de la contradicción, quiero traer a cuenta el extracto de este: “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.”

Como puede verse la generalidad es tanta que nos lleva a preguntarnos: ¿Qué ley puede estar por encima de la Carta Magna? ¿Qué implica una vivienda digna y decorosa? ¿Qué apoyos proporcionarán? ¿Contar con servicios implica una vivienda digna? ¿Cómo garantizará el Estado la vivienda decorosa?

Contar con una vivienda digna implica tener los servicios públicos elementales, agua entubada, electrificación o pavimento y son estas las carencias en la mayoría de las colonias populares y la realidad demuestra que existen grandes cinturones de miseria en las concentraciones urbanas. Veamos otro caso:

Art. 6. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.

Art.9 No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar.

Le guste o no a quienes desempeñan responsabilidades públicas, la libertad de asociación, la libertad de expresión, la agrupación de los ciudadanos por la defensa de sus intereses no es una concesión graciosa de los gobernantes, es un derecho y es obligación de los funcionarios respetarlo o en su defecto, quitarse la máscara y eliminar lo contemplado en la Carta Magna.

La enumeración anterior es tan sólo un ejemplo de la existencia de la referencia legal que debería ser efectiva, tan sólo del artículo 1ro  al 29 están contenidos los derechos humanos y las garantías individuales y como ha quedado demostrado, derechos elementales como la libertad de expresión, la libre asociación, el derecho a la educación, la salud, la alimentación o la vivienda son garantías elementales que debemos tener; pero como apuntaba al principio la crisis generalizada en todos los ámbitos da cuenta de la incongruencia entre la realidad y lo contenido en la ley, es necesario, por tanto, que entendamos con urgencia la apremiante necesidad de la conformación de una gran fuerza social que haga efectivos los derechos, que sin miedo a represalias levante la voz, que no admita excusas o infinidad de limitaciones presupuestales, que entienda bien que a pesar de que los gobernantes juraron que harían valer la ley, sólo el pueblo organizado logrará hacerlo efectivo; desde hace más de 49 años sorteando múltiples dificultades eso estamos haciendo los antorchistas, hoy más que nunca se requiere asumir una actitud firme y decidida, viene a mi memoria un fragmento de la poesía Desafío Postrero,  de Ismael de la Serna: “yo llevo en mi espíritu encendida, la hermosa luz del entusiasmo ardiente; yo amo a la libertad más que a la vida, yo no nací para inclinar la frente”.