TEPJF también echa abajo triunfo de Soledad Luévano, habrá nueva elección
Monterrey, NL.- La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en sesión pública, confirmó por unanimidad la sentencia del Tribunal de Justicia Electoral de Zacatecas (TJEEZ) de anular la elección del pasado 5 de junio en donde la candidata de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Soledad Luévano Cantú, había resultado ganadora.
En la sesión se dijo que la figura de los Promotores de la Soberanía Nacional de Morena, sí son factor de inequidad y, por lo tanto, los recorridos que Soledad Luévano realizó bajo ese nombramiento, sí pueden ser considerados como un acto anticipado de campaña.
Con el actuar de la candidata de Morena, se violaron modelos constitucionales de equidad y legalidad, tanto federal como estatal, y ante el TEPJF no logró fundamentar su queja ni demostró que no incurrió en fallos.
Los magistrados regionales argumentaron además que del estudio que realizó el TJEEZ se encontraron plenamente acreditadas dos de las violaciones sustanciales al principio de equidad por parte de Morena y su candidata, primero debido a la participación que María Soledad Luévano Cantú tuvo en una rueda de prensa en la que se presentó como promotora de la Soberanía Nacional, cometiendo actos anticipados de campaña con lo que obtuvo un posicionamiento indebido a su favor.
Y segundo, quedando debidamente comprobado que al difundir propaganda electoral en la que directamente se promocionó y vinculó el nombre de María Soledad Luévano Cantú con Morena, logró un posicionamiento de su imagen frente al electorado, por lo que dichos actos fueron determinantes para el resultado de los comicios violentando de manera grave el principio de equidad.
Fue la magistrada Claudia Valle Aguilasocho quien detalló que los agravios y conductas demostradas por Soledad Luévano y Morena, «sí son suficientes para sostener la nulidad de la elección determinada por el Tribunal local».
En ese sentido, los magistrados de Sala Monterrey consideraron que a pesar de que las restantes faltas administrativas, como la omisión en la entrega del informe de gastos de precampaña no afectaron de manera determinante el principio de equidad en la contienda, subsistieron otras conductas estudiadas por el TJEEZ que sí fueron determinantes por valerse de un plan de promoción anticipada realizado de manera sistemática durante un tiempo importante previo al inicio de campaña, utilizando la conexión entre la candidata y la figura de promotora de la Soberanía Nacional.
Así, el mencionado órgano jurisdiccional federal determinó confirmar la sentencia emitida por el TJEEZ, al considerar que las violaciones cometidas por la entonces candidata a presidenta municipal en Zacatecas, postulada por Morena, fueron determinantes.
Con esta resolución se echa abajo el cómputo municipal, la declaración de validez de la elección de integrantes del Ayuntamiento de Zacatecas, así como la expedición y entrega de la constancia de mayoría en la planilla postulada por Morena.
Igualmente, se anula la asignación de regidurías de representación proporcional realizada el 12 de junio por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ).
Cabe recordar que el TJEEZ anuló la elección de presidente municipal de la capital, en la que resultó ganadora la candidata de Morena, Soledad Luévano, y pidió llamar a nuevas elecciones.
Fue el Partido Revolucionario Institucional (PRI) quien fundamentó su queja en el hecho de que Luévano Cantú, en noviembre de 2015, se presentó como Promotora de la Soberanía Nacional, lo que en el TJEEZ y, ahora en el TEPJF, fue un acto anticipado de campaña con el que se violentó la legalidad y la equidad en la contienda pasada.
LNY/Redacción