Servidores públicos y el proceso electoral
NORMA JULIETA DEL RÍO VENEGAS
Como cada comienzo de año, los buenos propósitos están por doquier, las redes sociales se saturan, mensajes de texto, abrazos, felicitaciones y saludos, entre unos y otros y al final del día después de la resaca de buenos propósitos, los días comienzan a transcurrir y tenemos que doblegar esfuerzos para sobresalir y desempeñar nuestras tareas con alto grado de responsabilidad.
Los prósperos deseos no pueden dejarse solo en frases, hay que exteriorizarlos para aportar a nuestro país, estado, municipio y comunidad y lograr ese verdadero desarrollo sustentable del cual todos los ciudadanos salimos beneficiados y cada quien podemos poner un granito de arena desde nuestras trincheras y por ende mejorar nuestra calidad de vida.
En este año hay varias cosas por hacer, pero sin olvidar que es un año electoral, habrá elecciones en 13 entidades federativas y solo en 12 de ellas se renovará la Gubernatura, como es el caso de nuestro estado, donde también se renovarán los 58 Ayuntamientos, se elegirán a 18 Diputados por mayoría relativa y 12 por la vía de representación proporcional.
Debido al inicio de las campañas electorales en estas entidades del país, es necesario que los programas gubernamentales y sobre todo los programas sociales estén ajenos a los comicios, evitar que sean utilizados para cualquier institución partidista, y mucho menos que se condicione su otorgamiento en beneficio de cualquier candidato.
Un servidor público goza de todos los derechos y obligaciones que tienen los demás ciudadanos y que mandata la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo tanto es invulnerable su derecho a decidir la opción política que mejor le convenza.
Como servidores públicos se deben de abstener de utilizar recursos públicos para mostrar preferencia política, recordando que nos debemos a la sociedad en conjunto.
No se trata, sin embargo, de coartar nuestra libertad de elección, pero sí de evitar que las funciones se vean distorsionadas vulnerando las garantías de la población a los apoyos sociales.
Tampoco se trata de que los gobiernos deje de trabajar, sino de que ese trabajo no sea difundido con fines electorales.
Tenemos la nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2014, ahí nos habla de la Fiscalización y sus competencias.
También la Ley General en Materia de Delitos Electorales, donde establece las reglas generales de los delitos en materia electoral respecto a los servidores públicos, en su artículo 5 nos dice que los servidores públicos que cometan cualquiera de los delitos previstos en esta Ley, se les impondrá, además de la sanción correspondiente en el tipo penal de que se trate, la inhabilitación para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público federal, local, municipal o de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, de dos a seis años y, en su caso, la destitución del cargo.
Asimismo estable claramente que ningún servidor público debe de obligar a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición, condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición; a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un precandidato, candidato, partido o coalición.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos menciona que durante el tiempo que comprendan las campañas, y hasta la conclusión de la jornada electoral, toda propaganda gubernamental debe ser suspendida en medios de comunicación social.
Además de ello, existen diverso materiales que se han editado con el propósito de ayudar a los servidores públicos sobre las actividades que pueden y no realizar en el transcurso de las campañas, con el fin de evitar sanciones e incluso, que dichas actividades sean motivo de impugnaciones en las elecciones de cualquier nivel de gobierno y desde luego, es muy importante su difusión para que se conozca por todas las y los servidores públicos en sus tres órdenes de gobierno.
La Fiscalía Especializada para la atención de los Delitos Electorales cuenta con un material llamado «El ABC de los servidores públicos en relación con las elecciones», donde se muestra de manera concisa la importancia de no distraer la función pública en tiempos de campañas, además presenta una serie de casos útiles en los cuales cualquier servidor público puede sentirse identificado y reflexionar su accionar si se le presentara alguna situación similar.
El ABC marca directrices para evitar que los recursos públicos materiales, financieros y humanos se desvíen a favor de partidos políticos. Además, que los programas sociales, precisamente los dedicados a la población más vulnerable, se utilicen con fin electoral.
Ser servidor público no afecta los derechos políticos que tenemos como ciudadanos, siempre y cuando éstos se ejerzan sin tomar provecho de nuestro cargo para orientarlos a algún resultado.
Además, debemos conducirnos con legalidad, con honradez y siendo eficaces y eficientes en todo momento, pero no debemos olvidar una premisa básica: “conducirnos con imparcialidad en el marco de una elección.”
* Comisionada de la CEAIP