STPS vigilará cumplimiento de patrones con Operativo Aguinaldo 2014-1015
Zacatecas, Zac.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) vigilará el derecho de los trabajadores a recibir el pago de su aguinaldo antes del 20 de diciembre a través del Operativo Aguinaldo 2014-1015.
El delegado Gilberto Zapata Frayre recordó que el aguinaldo es un derecho de todos los trabajadores, sin excepción alguna, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado o eventuales, así como para los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Por tal motivo, urgió a los patrones a entregar la prestación en tiempo y forma, ya que de detectar atrasos en el pago serían acreedores a sanciones que oscilan de 50 a cinco mil veces el salario mínimo, según las disposiciones de la LFT.
Por lo anterior, a partir del 15 de diciembre de 2014, al 27 de febrero de 2015, la delegación de la STPS realizará visitas de inspección de asesoría y asistencia técnica en centros de trabajo de jurisdicción federal y local para orientar a los patrones sobre su obligación de dicho pago.
Recordó que durante el operativo anterior se efectuaron cerca de 100 revisiones y se comprobó un pago correcto del aguinaldo por encima del 90 por ciento por de los casos.
El delegado de la STPS agregó que durante el periodo vacacional se tendrá personal de guardia en la dependencia para brindar asesorías a los trabajadores que tengan dudas respecto a la prestación Informó, que el aguinaldo es un derecho irrenunciable que debe ser entregado en un sólo pago antes del 20 de diciembre, por un monto mínimo equivalente a 15 días de salario.
Detalló que en el caso de los trabajadores que no cumplieron un año de servicio, independientemente de que se encuentren activos o no, o que actualmente presenten sus servicios en una empresa distinta, tienen derecho a que se les pague el aguinaldo de manera proporcional al tiempo trabajado.
Asimismo, sostuvo que la ley laboral establece que el patrón no puede alegar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades como justificación para no pagar el aguinaldo o reducir su importe.
Zapata Frayre destacó que el Operativo Aguinaldo 2014-1015 establece que en caso de que el patrón de los centros de trabajo de jurisdicción federal se niegue a la práctica de la visita de asesoría y asistencia técnica, las instituciones programarán una visita extraordinaria de inmediato y cuando se trate de centros de trabajo de jurisdicción local se le hará saber a las autoridades laborales competitivas.
LNY/Comunicado