La Reforma Constitucional de Transparencia
NORMA JULIETA DEL RÍO VENEGAS
La reforma constitucional en materia de transparencia, alcanzó la aprobación de los Congresos Locales, siendo el Estado de México el primero en aprobarla y a la fecha los estados de San Luis Potosí, Puebla, Baja California Sur, Coahuila, Nayarit, Colima, Campeche, Quintana Roo, Jalisco, Tamaulipas, Querétaro, Tabasco, Baja California, Zacatecas, Aguascalientes y Chiapas, por lo que cumple el número requerido para que esta sea promulgada por el Presidente de la República.
En ésta reforma se dotara al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (IFAI) de autonomía constitucional, lo que indica que no estará sujeto a la disposición de los Poderes y sus resoluciones serán legítimas, otro punto será que habrá más sujetos obligados a cumplir la Ley de Transparencia, como son los Poderes de la Unión, Poderes de los Estados de la Federación así como el Distrito Federal, Órganos Autónomos, Sindicatos, Fideicomisos, Fondos Públicos, entre otros. Las resoluciones serán definitivas e inatacables, se aumenta el número de comisionados, de cinco que son en la actualidad, crecerá a siete, establece incorporar a los Órganos de Transparencia en la Constitución Federal y en las locales y con este fortalecer a los Órganos Locales.
Una reforma es que podrá conocer y atraer resoluciones de los Órganos Locales de Transparencia con lo que el ciudadano tendrá una segunda instancia para ver las resoluciones emitidas a nivel Local.
Este punto de la reforma será importante al igual que los restantes, derivado de los resultados que dio a conocer la semana pasada el Índice Nacional de los Órganos Garantes del Derecho de Acceso a la Información (INOGDAI), sobre la evaluación realizada a los Órganos Locales por los organismos no gubernamentales México Infórmate y Articulo 19, estos resultados causaron impacto y preocupación.
En ésta evaluación, se revisaron tres aspectos, transparencia y rendición de cuentas, promoción del derecho de acceso y resolución de controversias, realizando 792 solicitudes de información de enero a junio del año pasado y revisaron 33 portales de internet, se encontró que 26 Órganos Estatales de Transparencia se encuentran con una calificación por debajo del 60%, el Estado de Puebla fue quien ocupo el primer lugar con una calificación de 70.02, concluyendo la evaluación que estos no garantizan el ejercicio del derecho a la información.
Uno de los resultados es que solo 40 de 120 comisionados tiene experiencia en la materia de transparencia, desde ahí se entiende el resto de la evaluación.
Con esta reforma constitucional, los Comisionados serán evaluados a través de un proceso, que garantice que cuentan con el perfil y con la experiencia para asumir dicha posición.
Después de la promulgación de esta Reforma, el Congreso de la Unión cuenta con el periodo de un año para expedir las leyes secundarias como son la Ley General del Artículo 6° de la Constitución, las reformas a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal de Datos Personales en Posesión de los Particulares y otra normatividad aplicable.
Mismo caso sucede con la Creación del Órgano Nacional Anticorrupción, minuta que está en la Cámara de Diputados, la cual tendrá que pasar por los Congresos Locales para su aval y entonces comenzar con las leyes secundarias, donde se publicara la nueva Ley General en materia de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y Combate a la Corrupción, estableciendo entonces qué las entidades federativas tendrán un plazo no mayor a 90 días contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley para crear sus órganos especializados para combate a la corrupción, siendo estos meramente órganos sancionadores, continuando los órganos de control denominados Unidades de Auditoria Preventiva.
Así que queda mucho trabajo por hacer, con la reforma de estos ordenamientos en materia de transparencia esperemos que a la brevedad sigan su proceso para que comience su operación.