Juventud Resiliente: Nueva reglamentación para los SAPD

RODRIGO RODRÍGUEZ OLVERA

Con el creciente “boom” en la compra y uso de Drones o también llamados en la aeronáutica civil como Sistemas de Aeronaves Piloteados a Distancia (SAPD), la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de nuestro país emitió una circular con las especificaciones de en que condiciones pilotear tales artefactos.

Destaca que únicamente se pueden volar de día (comprendiendo el horario desde que sale hasta que se oculta el astro rey), en áreas obviamente donde no sea zona restringida o zona de vuelo del estado mayor presidencial (cosa que ni en sueños los drones comerciales llegarían a esas alturas), no puede desprender objetos o mercancía y alejados al menos 9.2 kilómetros de los aeropuertos.

Un reglamento incipiente e inocente ya que limita la capacitad de innovación en la industria, por ejemplo; el uso de drones para transportar insumos agrícolas, o en uso gubernamental víveres en casos de desastres naturales, así como el monitoreo de situaciones agroindustriales tan comunes en Zacatecas y de acciones de cartografía.

Y en la contraparte bien aplicado para el uso lúdico, como en la mayoría de los casos se usan en nuestro estado los Drones para pasar un rato ameno con estos gadgets.

Si bien el desconocimiento no exime del cumplimiento de la ley, los reglamentos que combinan su gestación con el avance tecnológico deberían de tener una publicidad más amena, sobre todo si se trata de artefactos comerciales y populares que pudieran poner en riego la integridad física y violar la privacidad de terceros y en su contraparte revolucionar el mercado empresarial.

Nos leemos el próximo viernes si Dios, adiós.

Twitter: @rodrigordzolv

E-Mail: [email protected]

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