Regular casas de empeño en Zacatecas, pide Rafael Flores

Zacatecas, Zac.- ​Con el fin de brindar a los pignorantes certeza jurídica sobre los bienes que se comercializan en este tipo de establecimientos, el perredista Rafael Flores Mendoza, diputado de la LXI Legislatura del Estado de Zacatecas, presentó la iniciativa de Ley para regular las casas de empeño que laboran en el territorio estatal.

El préstamo prendario, actividad que anteriormente era propia de instituciones de asistencia privada, en la actualidad se ha convertido en una verdadera actividad comercial en la que el usuario recurre dicha modalidad para solventar sus necesidades más apremiantes, sin embargo, esta carece de un marco legal que sustente los bienes.

“En nuestro estado no existe una ley que regule la instalación y funcionamiento de las empresas que tengan por objeto la realización de contratos de mutuo acuerdo y garantía prendaria a través de las llamadas casas de empeño, que si bien es cierto, a nivel nacional se regulan por la Ley Federal de Protección al Consumidor y por la Norma Oficial Mexicana NOM-179-SCFI-2007, a la fecha no se ha legislado para establecer los lineamientos que deben cumplir para instaurarse y operar en territorio Zacatecano”, afirmó el diputado local.

Cabe recalcar que esta iniciativa no se contrapone a las disposiciones federales, puesto que estas leyes no regulan el acto de comercio de las casas de empeño. De tal manera que con esta Ley se tendrá, asimismo, la certeza del funcionamiento y operación de estos establecimientos quedando bajo la supervisión del Gobierno del Estado de Zacatecas, además de cumplir con lo dispuesto por las Ley Federal de Protección al Consumidor y la Norma Oficial Mexicana antes mencionada.

Flores Mendoza comentó además, que con el propósito de advertir la absoluta transparencia en sus operaciones, las casas de empeño deberán colocar en su publicidad y en todos sus establecimientos abiertos al público, de manera permanente y visible, la información sobre los términos y condiciones de sus contratos, incluyendo costos e intereses.

De igual forma, a efecto de prevenir posibles actos ilícitos, las casas de empeño deberán solicitar al usuario sus datos particulares y, a su vez, los comercios presentarán un informe mensual sobre los actos o hechos relacionados con las operaciones que en ellas se realizan, principalmente cuando se presenten comportamientos atípicos del pignorante que permitan suponer que los bienes prendarios son objetos provenientes de hechos ilícitos.

LNY/Comunicado

0 0 votes
Article Rating
Subscribe
Notify of
guest

0 Comments
Inline Feedbacks
View all comments
0
Would love your thoughts, please comment.x
()
x