Con reforma a Ley Orgánica Municipal, van diputados por ayuntamientos

Erika Velázquez

Zacatecas, Zac.- Diputados de la 61 Legislatura local pretenden reformar la Ley Orgánica del Municipio, para tener, entre otras facultades, la de destituir a los integrantes del Cabildo.

Esto, dice la propuesta, cuando los regidores falten a tres sesiones seguidas sin justificación, y será la Legislatura del Estado, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, quien podrá suspender a los miembros de los ayuntamientos.

Fue la legisladora del Partido Revolucionario Institucional (PRI), María del Carmen Velázquez Vacio, quien presentó la Iniciativa de Reformas y Adiciones, dijo que en estos momentos los diputados no pueden permanecer «inertes e inamovibles en una concepción municipalista superada por la realidad».

Estas modificaciones pretenden además reglamentar situaciones como el que los cargos de elección popular únicamente se podrá renunciar por causas graves, y no como sucedió recientemente en el municipio de Sombrerete, donde el suplente del alcalde se negó a ocupar el cargo «por asuntos personales».

También hace referencia a que los contralores municipales sólo podrán ser removidos de su cargo con la votación de las dos terceras partes del Cabildo, y no como sucedió en el municipio de Fresnillo.

Según la exposición de motivos, con estas nuevas disposiciones se podrá conseguir un funcionamiento eficaz de las administraciones con obligaciones constitucionales específicas en materia de obras y servicios públicos.

Establece que los municipios deben integrar, desde un inicio, el Comité de Entrega-Recepción, y que las sesiones ordinarias se deberán realizar por lo menos dos veces por mes y que estas deberán ser convocadas con 24 horas de anticipación.

El documento, además propone las bases para lograr «una administración profesional y depurada en su práctica político-administrativa, con capacidad para aplicar los recursos públicos y con la obligación y compromiso de presentar cuentas claras, transparentes y oportunas de su funcionamiento, otorgando a la ciudadanía la información que requiera para evaluar su desempeño».

Esta iniciativa también señala que la sindicatura, tesorería y contraloría de los ayuntamientos podrán rechazar una erogación si la consideran lesiva para los intereses del erario municipal.

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