Confirma Trijez multa al PT por propaganda en lugar prohibido por la Ley

tjeez (2)Guadalupe, Zac.- Los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral del Estado (TJEEZ) confirmaron por unanimidad de votos, la sanción de 81 mil 21 pesos que el IEEZ impuso al PT, por la pinta de propaganda electoral en los cerros: Chilitos, La Chicharrona y Santa Cruz, todos en Fresnillo, lugares prohibidos por la ley para la colación de propaganda electoral.

El PT argumentó que no se le debió imponer esa multa porque no se podía comprobar que ellos la mandaron pintar, sin embargo, existe una figura en Derecho Electoral llamada culpa in vigilando que es una forma de responsabilidad indirecta en la que el partido político no interviene directamente en la comisión de la infracción, sino que incumple con su deber de vigilar las conductas de sus dirigentes, miembros, simpatizantes e incluso terceros cuando tengan que ver con su ámbito de actividad y con las cuales se esté infringiendo la ley.

Cuando se pone propaganda en lugares prohibidos y el Partido Político dice que no la mandó poner, en cuanto se entere, debe tomar medidas para deslindarse de responsabilidad, como por ejemplo avisar de la propaganda a la Autoridad Electoral y deslindarse.

En este caso el secretario ejecutivo del IEEZ le notificó de las pintas en los cerros y el PT no realizó ninguna acción ni manifestó su inconformidad ante dicha propaganda, por lo que incurrió en la figura de culpa in vigilando.

El Proyecto de Sentencia para resolver este Recurso de Revisión fue elaborado por la ponencia del Magistrado Presidente, Edgar López Pérez, y se convirtió en Sentencia por Unanimidad de votos de los Magistrados: Silvia Rodarte Nava, Manuel de Jesús Briseño Casanova, Felipe Guardado Martínez y José González Núñez.

Se revoca sustitución de candidata del PRD

En la misma Sesión, por unanimidad de votos, se revocó la sustitución con la que se sacó a Lorena Ramos López, de la Posición 2 de la lista del PRD de regidores por el principio de representación proporcional para el Ayuntamiento de Fresnillo y se incluyó a la lista de suplentes.

Lorena Ramos fue registrada por el PRD en la lista de regidores de representación proporcional de Fresnillo, después, se solicitó por medio de un escrito de renuncia su sustitución y el Consejo General del IEEZ lo aprobó, por lo que Lorena Ramos acudió al TJEEZ a inconformarse de esta situación, diciendo que la sustitución se hizo de manera irregular porque ella no firmo el escrito de renuncia y solicitando se le respete su lugar.

Finalmente los magistrados, por unanimidad de votos, concluyen que la supuesta renuncia debió ser ratificada con alguna otra prueba o acto con los cuales no quedara duda de que Lorena Ramos hubiera renunciado a la candidatura para la cual fue registrada y ordenan al Consejo General del IEEZ para que antes de las 12:00 horas, por ser mañana el día de las elecciones, realice las inscripciones, comunicados y publicaciones procedentes para que subsista el registro de Lorena Ramos en el lugar 2 de la lista del PRD de regidores por el principio de representación proporcional para el Ayuntamiento de Fresnillo.

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