El acceso a Internet debe ser considerado como un derecho humano

MA. DE LA LUZ DOMÍNGUEZ CAMPOS *

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha planteado que el acceso universal a internet es un derecho humano y una de las ambiciones de la sociedad de la información; por lo tanto, las autoridades de las diferentes naciones deben promover su acceso como una política de estado que brindará desarrollo individual, crecimiento y progreso a la sociedad en su conjunto.

El Internet es conocido como la “autopista de la información”, la “red de redes” que permite la transferencia de datos y archivos; y hoy por hoy, es la base de la infraestructura global de la información, considerada como el espacio social, electrónico, telemático, digital, informacional que incluye datos digitalizados, operaciones, dispositivos y jurisdicciones que logra la interconexión de miles de millones de personas cada segundo. Esto ha dado lugar a fortalecer la llamada “Sociedad de la Información y el Conocimiento”.

Como lo asevera Sergio Octavio Contreras –destacado maestro en sociedad de la información y comunicación y miembro de la Red Iberoamericana de Investigadores de la Cibercultura– cada día son más las personas que se conectan a la red o al internet y alcanzan la cifra de aproximadamente 2 mil 200 millones de personas conectadas, de las cuales 1100 millones utilizan las redes sociales como Facebook o Twitter. Los países con mayores niveles de penetración social de la red en el mundo son Noruega 97.2%, Islandia 97%, Suecia 92.9% Australia 89.9%, Dinamarca 89%, Finlandia 88%, Corea 82%, Canadá 81.6%, Japón 80%, Estados Unidos 78.3%, Singapur 77%, Hong Kong 68%, Alemania con el 67.4% y Reino Unido 52%.

Mientras que en México sólo 42 millones de personas están conectados a internet lo que equivale al 36% de total de la población y de ellos preponderantemente el 60% son jóvenes menores de 35 años de edad; por lo que concierne a Zacatecas sólo el 24% de su población está conectada a internet, esto según datos del Grupo de Investigación en Comunicación (GIC), a partir del Censo 2010 del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI); lo que refleja que a nivel nacional y estatal estamos muy por debajo de los estándares deseados que nos permitan a partir de la conexión a internet lograr el desarrollo económico, social, cultural y político.

El uso del internet incide en todos los ámbitos de la vida humana: en el educativo, gubernativo, comercial, financiero, cultural, económico, etcétera. Particularmente en lo económico se ha demostrado en diversos países del primer mundo que el desarrollo de las tecnologías y del acceso a internet genera riqueza, es decir, incrementan el Producto Interno Bruto, así como aumenta la productividad, los empleos y el bienestar social.

Precisamente por este y más argumentos es imperativo que Zacatecas siga a la vanguardia en la aprobación y vigencia de supuestos jurídicos constitucionales que permitan a sus habitantes gozar y ejercer derechos humanos fundamentales para alcanzar su desarrollo integral, tales como el acceso universal a internet, por ello consideramos urgente que desde nuestra constitución local se establezca tal derecho y que en breve tiempo sea vigente y positivo.

Tal disposición jurídica permitirá por un lado que cada vez más personas se apropien de internet de una forma universal, equitativa, solidaria, abierta, horizontal y democrática; y por otro que el Estado impulse políticas públicas que potencie la generación de conocimientos y capacidades innovadoras para utilizar atingentemente el internet y elevar el desarrollo humano y fortalecer lazos entre autoridades gubernamentales, sociedad e iniciativa privada para materializar la visión y uso social de internet en acciones, planes, programas y políticas concretas que impacten en el crecimiento económico y el progreso social.

Por lo que será necesario el compromiso de los 58 Ayuntamientos del Estado para establecer por lo menos en las cabeceras municipales el servicio de internet gratuito, a través de mecanismos de conexión de dispositivos electrónicos de forma inalámbrica (Wi-Fi); es decir, cualquier persona con una computadora, teléfono móvil o reproductor de audio digital, etcétera, podrá conectarse a internet a través de un punto de acceso de red inalámbrica.

Por lo que se propone reforma al artículo 26 Constitucional para quedar como sigue: “Todo persona tiene derecho al acceso libre y universal a internet para integrarse a la sociedad de la información y el conocimiento y con ello promover su desarrollo individual y el progreso social. El Estado lo garantizara”.

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